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En colaboración conLa Ley
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Prisión para una abogada que filtró el divorcio de su cliente a una amiga

La letrada reenvió correos confidenciales desde su cuenta profesional a su colega, quien mantenía una relación con el cliente

GETTY IMAGES

Los abogados que se van de la lengua deben andarse con ojo. De ser cazados, pueden enfrentar severas consecuencias, como inhabilitaciones profesionales o, incluso, condenas a prisión. Es lo que ha ocurrido en un caso resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid, que ha condenado a una letrada a un año de cárcel y a otro de inhabilitación profesional por revelar a una amiga las intenciones de divorcio de su cliente, quebrando el secreto profesional.

Como detalla el fallo, la abogada reenvió a su colega varias cadenas de correos confidenciales desde su cuenta profesional, donde el cliente desvelaba su intención de iniciar la separación de su actual mujer y pedía consejo legal a su letrada.

El cliente y la amiga de la abogada mantenían una relación sentimental. Así, los hilos de correos eran reenviados con asuntos variopintos como “te reenvío el mail de tu futuro...”, “borrador de contrato” o “te reenvío el mail que he mandado a Raimundo” (nombre ficticio). En estos correos, el cliente tanteaba la idea de contratar un detective porque sospechaba que su mujer mantenía un affaire. La abogada filtraba toda la información a su colega.

Crimen contra la intimidad

Se trata, dicta la justicia, de una conducta criminal. Atenta contra la intimidad personal y familiar de la víctima, que terminó denunciando los hechos ante el juzgado. Que los tres (abogada, cliente y amiga) mantuviesen una relación de amistad, y saliesen con frecuencia, no justifica la remisión de correos confidenciales a un tercero, ajeno a la relación profesional.

Asimismo, los magistrados dejan claro que el hecho de que el cliente y la amiga de la letrada mantuviesen una relación no es óbice para compartir este tipo de información. En este sentido, los correos entre abogado y cliente son sagrados.

Ahora bien, la Audiencia corrige la sentencia del juzgado en una cuestión técnica pero muy relevante. Para el tribunal, la letrada incurre en una única acción delictiva, que se prolonga en el tiempo, y no en una sucesión de delitos, enfoque aplicado por la magistrada de la instancia anterior. "Debe considerarse como una única acción delictiva concatenadas en una progresión delictiva que configura un único delito de descubrimiento y revelación de secretos", remarca el fallo.

La cuestión no es baladí: con este razonamiento, la audiencia madrileña reduce la pena inicialmente prevista en dos años y seis meses de prisión y cuatro de inhabilitación. Finalmente, la condena queda en un año de prisión y otro de inhabilitación profesional, más una multa, por un delito de revelación de secretos.

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