_
_
_
_
_
Infraestructuras

La CNMC multa a ACS, Acciona, FCC, Ferrovial, Sacyr y OHLA con 203 millones

Acusa a las seis grandes constructoras de alterar entre 1992 y 2017 la competencia en licitaciones de obra civil; ACS y Ferrovial anuncian recursos

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández,
La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández,Efe
Javier Fernández Magariño

Durísimo golpe de la CNMC a las seis mayores empresas constructoras del país: Acciona Construcción, Dragados (Grupo ACS), FCC Construcción, Ferrovial Construcción, OHL (ahora OHLA) y Sacyr Construcción. El regulador de la competencia ve probado que representantes de estas compañías se reunían semanalmente para decidir los contratos públicos, principalmente de infraestructuras, en que iban a compartir informes técnicos, encargados a terceros, para la elaboración de sus ofertas. Esas prácticas se habrían mantenido durante 25 años, entre 1992 y 2017, y la sanción por ello ha ascendido a 203 millones de euros.

Queda en entredicho la reputación de estas referencias mundiales del sector de las infraestructuras y ejemplo, durante años, de la marca empresarial española en el exterior. A media mañana el comportamiento de estas constructoras en Bolsa está siendo alcista pese a la noticia desvelada minutos antes de la apertura del mercado.

Desde el grupo ACS se ha mostrado total disconformidad con el fallo y se anuncia ya un recurso ante la justicia ordinaria. Un portavoz de Ferrovial también ha anticipado la próxima presentación de un recurso y ha manifestado "absoluta discrepancia con la resolución de la CNMC, que reconoce que no existe un acuerdo restrictivo de la competencia cuyo objeto fuera alterar las licitaciones". El resto de compañías afectadas estudia el expediente sancionador y es previsible que todas ellas busquen también defenderse en la Audiencia Nacional.

La CNMC ha remitido la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública por si cabe la prohibición de contratar con la Administración

La CNMC ha explicado que las grandes cotizadas también intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos. Miles de licitaciones se vieron afectadas, con obras relacionadas con carreteras, aeropuertos, puertos, hospitales, etcétera. Fuentes del sector ven posibles derivadas más allá de esta sanción al poder tratarse de proyectos que habrían recibido financiación millonaria de los fondos europeos. De hecho, la CNMC envió información sobre este expediente el pasado mes de enero a la Comisión Europea.

La mayor sanción va para Dragados, con 57, 1 millones; FCC Construcción ha recibido una multa de 40,4 millones de euros; la de Ferrovial asciende a 38,5 millones; la multa impuesta a Acciona sube a 29,4 millones; OHLA va a tener que responder con 21,5 millones, y la sanción de Sacyr asciende a 16,7 millones de euros. La mayoría de estas compañías ya se han visto inmersas en otras investigaciones de la CNMC por carteles en obra ferroviaria, gestión de residuos, servicios a la industria o en busca de contratos de mantenimiento de carreteras.

Como acercamiento al volumen del fraude, documentación recogida por la CNMC a Acciona desvela que se compartieron trabajos en más de 3.200 concursos por 46.000 millones de euros entre 2009 y 2016. Esa cifra sube hasta los 52.500 millones, según datos en manos de FCC, entre 2008 y 2015.

La investigación, que empezó por indicios encontrados en 2014 en la sede de DRACE durante pesquisas para destapar un cártel en el sector del hormigón, ha pasado por momentos de dificultades ante la complejidad de analizar las actuaciones de distintas empresas durante un plazo tan prolongado de tiempo. Este problema, junto a errores de forma, hicieron que expirara un primer expediente abierto en octubre de 2018 y que incluyó el registro de las sedes de distintas constructoras. Según la Ley, este tipo de investigaciones tienen un plazo máximo de 18 meses. A la vista de que los hechos perseguidos no habían prescrito, la Sala de Competencia ordenó en julio de 2020, a la dirección de Competencia, el reinicio de la tramitación.

Las empresas tienen dos meses para recurrir ante la Audiencia Nacional

Las acusaciones desveladas esta mañana se refieren a concursos relacionados tanto con la edificación como con la obra civil en todo el país. El organismo habla de prácticas con efectos “muy dañinos para la sociedad” y de una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Entre las Administraciones engañadas destaca el Ministerio de Fomento (hoy Ministerio de Transportes) junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes como Aena y Adif. Los acuerdos colusorios sancionados han derivado en “una menor variedad y calidad de las ofertas técnicas presentadas por las empresas a la Administración contratante”, afirma la CNMC. También se vieron afcetadas licitaciones de Comunidades Autónomas, Diputaciones y Ayuntamientos.

Las conductas anticompetitivas sancionadas fueron más allá del 22 de octubre de 2015, fecha de entrada en vigor de la prohibición de contratar. Por ello, la CNMC ha remitido esta resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública para que analice su duración y alcance. Se trata de determinar si cabe la prohibición de contratar con la Administración y por cuánto tiempo.

Las empresas señaladas tienen a su alcance la vía de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación. Ya durante el proceso de incoación fueron Ferrovial y Acciona quienes pidieron cautelares sin éxito ante la Audiencia Nacional.

La actual Lantania, creada en 2018 a partir de distintos negocios de la quebrada Isolux, ha quedado fuera del expediente sancionador

Tareas e información crítica compartida

La CNMC ha argumentado a través de un informe que los encuentros semanales entre directivos del entonces conocido como G7, y en el que también estaba incluida Isolux, eran para estudiar los concursos de obra publicados en las distintas plataformas de contratación del Estado. La actual Lantania, creada desde 2018 a partir de distintos negocios de la quebrada Isolux, ha quedado fuera del expediente sancionador al declarar la CNMC el archivo de las actuaciones contra ella.

En esas reuniones se decidían los concursos en que iban a compartir, entre todas o en grupos menores, una parte o la totalidad de las labores que compondrían las ofertas técnicas de las licitaciones. Esos trabajos se encargaban conjuntamente por los miembros del grupo a empresas externas y consistían en estudios ambientales, de seguridad y salud, comprobación de mediciones, estudio de detalle, topografía, geotecnia, servicios afectados por las obras, y revisiones técnicas.

Una vez obtenidos esos estudios externos ningún miembro del grupo podía modificarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros, señala la CNMC. La única personalización admitida era “la inclusión de logos y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas”. El regulador asegura que las constructoras “desarrollaron unas complejas normas de funcionamiento que fueron evolucionando durante el tiempo que duró la conducta”. Y aporta pruebas como un correos e informes internos de todas las empresas, así como archivos de excel tras la celebración de las reuniones.

Además de esta relación habitual, se dio el intercambio regular de información comercial sensible que la CNMC cree distinta a la necesaria para compartir trabajos. Entre otros datos, las seis del grupo sabían la intención de cada una de ellas de concurrir o no a una licitación, su intención de formar UTEs y quiénes eran los miembros que las iban a integrar.

El hecho de compartir la elaboración de la oferta técnica es grave para el órgano sancionador por cuanto este componente competitivo era clave para la adjudicación de las obras, llegando a alcanzar el 70% de la puntuación en un concurso. Lo habitual en España, en todo caso, es que fuera la propuesta económica la que decidiera, especialmente en tiempos de crisis.

La CNMC explica, no obstante, que los trabajos compartidos por las grandes de la construcción “eran siempre objeto de puntuación por la administración como parte de la oferta técnica”. Y añade que en el 5% de los supuestos, las compañías “llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la Administración”, incumpliéndose los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones. Con ello se eliminaba “la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública”.

El G7 acabó disolviéndose en 2017 con la manifestación expresa de sus integrantes de que “estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de defensa de la competencia”, expresa esta mañana la CNMC. El selecto grupo fue creado por Agroman, Auxini, Cubiertas y MZOV, Entrecanales y Távora, Ferrovial, Huarte y Ocisa. En 1993 entraron FCC y Dragados, y en 1999 se produjo el ingreso de OHL y Sacyr. Con el paso de los años la composición ha ido variando en respuesta a los movimientos corporativos en el sector.

Al tomar una posición de ventaja en los concursos públicos, las prácticas de los líderes de la obra pública en España “produjeron efectos sobre las empresas competidoras, que concurrieron a los contratos públicos en desventaja competitiva frente a las empresas del grupo”. Los rivales debían soportar mayor coste en la preparación de sus ofertas, además de carecer de información sobre los movimientos de sus competidores.

La reciente amenaza de la prohibición para contratar con la Administración

Corría marzo de 2019 cuando Competencia impuso una multa de 118 millones a 15 empresas habituales en concursos del sector ferroviario por repartirse las licitaciones de Adif. Entre las sacionadas estuvieron Elecnor, Alstom, Siemens, Indra, Isolux Ingeniería, cuatro filiales de ACS (Cobra, CYMI, SEMI y Electrén), una filial de OHL (EYM Instalaciones), otra de Sacyr (Neopul) y una de Abengoa (Inabensa Instalaciones). 

Este expediente motivó la activación, por primera vez, del procedimiento para la prohibición de contratar con la Administración de empresas con infracciones graves en materia de falseamiento de la competencia. Como ha sucedido ahora, la CNMC remitió la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

Es el artículo 71.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el que dispone que quedan sujetas a la prohibición de contratar con las entidades que forman parte del sector público las personas que hayan sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Sobre la firma

Javier Fernández Magariño
Es redactor de infraestructuras, construcción y transportes en Cinco Días, donde escribe desde junio de 2000. Ha pasado por las secciones de Especiales, Cinco Sentidos, 5D y Compañías siguiendo la información de diversos sectores empresariales. Antes fue locutor de informativos en la Cadena Cope, además de colaborar en distintos medios de Madrid.

Archivado En

_
_