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La Audiencia Nacional investigará el caso Arbistar, la mayor estafa piramidal con criptomonedas

La cifra de víctimas de esta supuesta estafa podría llegar a 32.000 y podría superar los 100 millones de euros

Captura de pantalla de la web de Arbistar 2.0.
Captura de pantalla de la web de Arbistar 2.0.

La mayor estafa piramidal basada en criptodivisas será investigada por la Audiencia Nacional. El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha aceptado la inhibición de un juzgado de Arona (Tenerife) para investigar un esquema ponzi relacionado con la inversión en criptomoneda a través de la empresa Arbistar 2.0 SL. Según detalló la Audiencia Nacional, la cifra actual de víctimas de esta supuesta estafa es de 1.127, pero podría llegar a 32.000 por el número de cuentas afectadas, mientras que el perjuicio económico se cuantifica en más de 41 millones de euros, si bien podría superar los 100 millones.

Arbistar 2.0, con sede en Tenerife, se dedicaba al arbitraje en las criptomonedas. Supuestamente, basándose en la compraventa automática de estos activos ejecutada por robots que vendía a sus clientes, prometía rentabilidades mensuales de hasta el 15% aprovechando las divergencias de precios entre las diferentes plataformas que ofertan criptoactivos. El pasado mes de septiembre optó por congelar las cuentas de sus inversores. Semanas antes había recibido varias peticiones de reembolso de inversores que no había ejecutado, sembrando la alarma entre los usuarios de la plataforma dirigida por Santiago Fuentes Jover, que ejercía como administrador.

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El titular del Juzgado Central de Instrucción 4 considera en un auto que los investigados, bajo la dirección de Santiago Fuentes Jover, podrían haber cometido los delitos de estafa agravada, organización criminal y delito continuado de falsificación en documento mercantil.

La trama prometía a los inversores rentabilidades de entre el 8% y el 15% mensual, pagándoles semanalmente, siempre los sábados, dándoles la opción de sumar estas rentabilidades a las cantidades iniciales invertidas o bien optar por el reembolso. "Pero lo que esta trama hizo presuntamente fue utilizar una parte del dinero obtenido de los inversores para entregarlo a otros inversores anteriores en pago de los altos intereses convenidos, lo cual generaba una gran confianza en ellos acerca de que su inversión era segura y muy rentable, de suerte tal que ellos mismos se incentivaban para invertir una mayor cantidad de dinero con la esperanza de obtener un beneficio aún mayor", relata el auto.

El presunto fraude habría dejado a afectados repartidos por 30 provincias. "Sin duda alguna, tales datos nos situarían ante la mayor trama piramidal cometida hasta el día de la fecha en relación con la inversión en criptomoneda", apunta el juez Calama.

Santiago Fuentes Jover, en libertad provisional, es un viejo conocido de las estafas piramidales en España. Su nombre está ligado al de Germán Cardona Soler, condendo por la Audiencia Nacional a 13 años y tres meses de prisión por el caso de Finanzas Forex, en el que defraudó 350 millones de euros a 180.000 personas entre 2007 y 2010. Santiago Fuentes, que ocupaba el cargo de director de expansión de Finanzas Forex, tenía como papel captar clientes para la plataforma pero quedó absuelto en el juicio.

Junto a él, la justicia estaría investigando al equipo de Arbistar. Dos de sus miembros, en paradero desconocido ante la justicia y buscados por la Interpol se habrían presentado ante la justicia recientemente.

 Alerta de la CNMV

El pasado mes de octubre, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) lanzó una advertencia a los inversores sobre Arbistar. "Arbistar no está autorizada para prestar los servicios de inversión previstos en el artículo 140 de la Ley del Mercado de Valores y los servicios auxiliares previstos en el artículo 141 de esa misma norma, entre los que se incluye el asesoramiento en materia de inversión, en relación con los instrumentos contemplados en el artículo 2 de dicha Ley, comprendiendo, a tal efecto, las operaciones sobre divisas; ni para realizar las actividades reservadas a las instituciones de inversión colectiva previstas en el apartado 1 del artículo 1 de la Ley de instituciones de inversión colectiva", detalló el máximo supervisor de los mercados españoles.

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