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¿Cuándo me pagará Hacienda la devolución de la renta? ¿Cómo puedo fraccionar el pago?

La Agencia Tributaria tiene seis meses para hacer el abono y el contribuyente puede fraccionar el pago en dos veces

Declaración de la renta.
Declaración de la renta.Pablo Monge
CINCO DÍAS

Una vez que los contribuyentes presentan, entre el 7 de abril y el 30 de junio, su declaración de la renta llega el momento definitivo. Recibir el dinero de la Agencia Tributaria, en el caso de que salga a devolver. O abonar lo consignado, si sale a pagar. En el primer caso, el plazo se puede demorar hasta el 30 de diciembre. En el segundo, se debe pagar antes del 25 de junio o del 5 de noviembre para el pago fraccionado.

Así funcionan las devoluciones de la renta

Hacienda cuenta con un plazo de seis meses para pagar la cantidad consignada a los contribuyentes, a contar desde el día que termina el plazo para presentar la declaración, el 30 de junio. Transcurrido ese periodo, la Administración tributaria estará obligada a abonar además el interés de demora tributario, el 3,75% anual, calculado desde la feche en que expire ese plazo de seis meses hasta la feche en que se ordene el pago.

Eso sí, este recargo solo se aplica si el retraso es imputable a la Agencia Tributaria y no si se debe a que la declaración no se haya cumplimentado correctamente, no contener la documentación exigida o carecer de los datos correctos para el pago. Si Hacienda pide más información o considera que la declaración no se cumplimentado correctamente, este plazo de seis meses no computa.

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Esta situación no es habitual. Normalmente, los contribuyentes con un resultado positivo en la declaración verán apenas unos días después de presentar la declaración un ingreso en la cuenta bancaria procedente de Hacienda. En la campaña pasada, Hacienda había devuelto 7.500 millones tres días después de finalizar el plazo para presentar la declaración, el 79% del total a devolver, que ascendía a 11.163 millones.

Solicitar el pago fraccionado de la declaración de la renta

En cuanto a las declaraciones a pagar, los contribuyentes podrán abonar todos los impuestos exigidos de una vez. Esto lo podrá hacer tanto en efectivo como cargo en cuenta o domicialización bancaria. El contribuyente deberá realizar la domicialización bancaria entre el 7 de abril y el 25 de junio.

La Agencia Tributaria da la posibilidad de fraccionar el pago en dos. El primero, del 60%, se debe abonar en el momento de presentar la declaración. El 40% restante se puede pagar hasta el 5 de noviembre de 2021. No podrán fraccionar el pago las declaraciones presentadas fuera de plazo o las declaraciones complementarias.

En cualquier caso, los contribuyentes podrán saldar sus cuentas con Hacienda tanto en efectivo como en adeudo a cuenta o domicialización bancaria. Para este último caso, habitualmente el preferido, deben haber presentado la declaración de forma telemática o a través de las oficinas de ayuda de la Agencia Tributaria. La domicialización bancaria podrá efectuarse entre el 7 de abril y el 25 de junio. Hacienda cobrará la cantidad consignada el 30 de j

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