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La CNMV podrá someter a autorización la publicidad de criptoactivos

La norma entra en vigor este sábado, según recoge el BOE, e incluye también a otros instrumentos financieros

Sede de la CNMV en Madrid.
Sede de la CNMV en Madrid. Pablo Monge

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá someter a autorización u otras modalidades de control la publicidad de criptoactivos u otros instrumentos financieros, con la posibilidad de añadir advertencias sobre riesgos y características, según recoge el Real Decreto-ley publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El texto advierte de los riesgos que pueden tener estos activos, que podrían ser usados con fines ilegales, necesitan una custodia adecuada para proteger la inversión y se están ofreciendo como objeto de inversión al público general.

Asimismo, la norma también autoriza al supervisor a a desarrollar mediante circular el ámbito objetivo y subjetivo, así como los mecanismos y procedimientos de control que se aplicarán en este sentido. Estos cambios modifican el Real Decreto legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y se recogen en un nuevo artículo 240 bis.

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No es la primera vez que las autoridades advierten sobre los criptoactivos: la vicepresidenta de la CNMV, Montserrat Martínez Parera, incidió esta semana en la clausura de unas jornadas sobre fintech en la falta de regulación de estos activos. "Mientras no dispongamos de un marco claro, debemos preguntarnos siempre si tenemos la información suficiente, si entendemos el producto y los riesgos que se asumen con la operación", subrayó Martínez Parera.

Hace aproximadamente un mes, la CNMV emitió un comunicado conjunto con el Banco de España para advertir a los inversores del riesgo que tienen este tipo de activos, muy volátiles y cuya revalorización cumple con los "patrones propios de las burbujas".

Los organismos hacen hincapié en la falta de reculación de los activos, algo en lo que la Unión Europea (UE) ya está trabajando.

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