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Las claves sobre la futura ley de eutanasia

Los niños y las personas con trastornos mentales quedan excluidos Solo seis países cuentan con una norma de este tipo

Ramón Sampedro, el primer español que solicitó hace 20 años la eutanasia, denegada por los tribunales. Sampedro se suicidó el 12 de enero de 1998 con la ayuda de varias personas.
Ramón Sampedro, el primer español que solicitó hace 20 años la eutanasia, denegada por los tribunales. Sampedro se suicidó el 12 de enero de 1998 con la ayuda de varias personas.Getty Images

Todo aquel que haya visto fallecer a algún ser querido bajo una sedación paliativa puede preguntarse qué diferencia hay entre dejar morir a una persona retirándole fármacos, nutrición o cualquier otro dispositivo que le agarre a la vida y la eutanasia.

Pues la hay. La sedación paliativa es un acto médico que decide normalmente el profesional en los últimos días de vida del paciente, y en la eutanasia es el enfermo quien decide cuándo irse, pudiendo anticiparse incluso meses o años a su muerte.

Pese a que la futura ley de la eutanasia, que verá la luz en junio, ha obtenido un alto consenso en el Congreso, y al parecer también entre la sociedad española, está por ver cuántos españoles recurren a ella cuando esté vigente. Esta norma contempla dos escenarios: uno, cuando es el médico quien administra el eutanásico al paciente, y el segundo, el suicidio asistido, cuando el propio interesado se lo autoadministra.

Según Fernando Marín, médico y presidente de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), si en España ocurre lo que en Canadá cuando la ley entró en vigor, en un año, y dependiendo de la difusión de este derecho, unas 4.000 personas podrían solicitarla. Es decir, el 1% de las muertes totales que se producen en el país anualmente (420.000).

“Lo razonable es pensar en esa cifra o incluso menos porque la moral religiosa judeocristiana es contraria a terminar con tu propia vida”, sostiene Marín. De hecho, “puede que entre el 20% y el 30% de las autorizaciones nunca se lleven a la práctica”, asevera.

En Canadá, 4.000 personas se acogieron a esta ley en el primer año de aplicación

En Canadá cubre el 2% de las muertes totales y en Holanda alcanza ya el 4%. Pero en España está por ver, ya que ya existe alguna que otra herramienta, como el testamento vital, que permite decidir a la hora de morir si se quiere o no sedación, respiración asistida, tratamientos..., y muy pocas personas recurren a él.

Pese al consenso de la ley, la mayoría de las sociedades científicas, que la consideran muy garantista, no tiene una postura oficial ni a favor ni en contra. Es el caso del Consejo General de Colegios de Médicos, donde aun agarrándose al código deontológico vigente que impide a los profesionales causar la muerte aunque el paciente lo solicite, “existe un debate abierto que se ha acelerado porque hoy la población envejece y muchos mueren solos, en malas condiciones”, explica su presidente, Juan José Rodríguez Sendín.

O el de la Sociedad Española de Medicina Interna, donde una encuesta realizada entre los internistas de esta asociación desvela que el 80% está de acuerdo con su regulación. “Es el reflejo de un cambio social”, asegura Diego Real de Asúa, internista y coordinador del Grupo de Trabajo de Bioética y Profesionalismo de esta entidad. Y que se evidencia en una encuesta de Metroscopia del pasado año, donde el 87% de la población se manifiesta a favor de ella.

Colectivos al margen

Aun así, “la ley no es perfecta y ha generado objeciones entre proponentes y detractores”, añade Real de Asúa.

Además de ser un procedimiento “muy burocrático”, alega Marín. Una de las pegas que plantean los proponentes es que solo se haya limitado a las personas en “situación de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave incurable con un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado”, como recoge textualmente la norma.

¿Y los que sin tener una enfermedad incurable sienten un agotamiento vital, como los más mayores, con achaques e impedidos no imposibilitados?

El 80% de los médicos internistas está de acuerdo con esta regulación

Asúa indica que “la mayoría de las solicitudes en países con la norma en vigor no es por falta de paliativos, sino por agotamiento vital con sufrimiento inmitigable, por la falta de autonomía, porque no quieren ser una carga o no desean recorrer ese camino”. “Además de para la eutanasia, que tiene que estar convenientemente dotada de recursos, tendrían que aumentar en dependencia y cuidados paliativos, porque si no atendemos sus necesidades, muchos pueden recurrir a esta salida”, avisa.

En España mueren al año más de 60.000 personas con dolor, recoge la Organización Médico Colegial. Y los cuidados paliativos solo cubren el 50% de las necesidades reales, por no hablar del déficit de la dependencia. Pero no hay que confundir los cuidados paliativos con la sedación paliativa. “Una práctica que debería aplicarse de una forma normalizada incluso por los médicos de atención primaria”, a juicio de Sendín.

Otros colectivos que han quedado desamparados son las personas con trastorno mental, “algo que sí recogen las leyes de Bélgica y Países Bajos”, apunta Marín, cuando, por ejemplo, “los esquizofrénicos expresan un gran sufrimiento en el momento en el que no están en pleno brote”. O los menores. “Qué pasa con los niños con cáncer irreversible o secuelas del parto”, se pregunta.

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Otro de los problemas es la objeción de conciencia. Para Sendín, “aunque hay que respetar el derecho del paciente, a nadie le puede parecer raro que haya médicos que se declaren objetores, teniendo en cuenta que la eutanasia apenas existe en seis países en el mundo”.

De momento, no es posible cuantificar la cifra de objetores (se habla de un registro), pero si ocurre como con el aborto, puede que estos actos terminen por realizarse en clínicas privadas o concertadas, donde hoy se resuelven el 80% de los casos.

“No sería lo deseable porque se trata de un acto médico sencillo, íntimo y discreto entre médico y paciente y tendría que realizarse en el sistema público de salud”, opina Marín. Una postura que comparte la mayoría de la profesión médica.

Los pasos

Duración. Entre 30 y 45 días puede durar el proceso de autorización para llevar a cabo la eutanasia. Hay que solicitarla por escrito al médico responsable del paciente, que puede ser el de atención primaria o el especialista que le trate. A los 15 días el paciente tiene que volver a confirmar al médico su propósito. El facultativo deberá pedir opinión a un colega de profesión (que hará de consultor), ajeno al paciente y al equipo que le trata.

Resolución. Finalmente, será una comisión de evaluación integrada por dos expertos la que decida. La autorización será comunicada al médico responsable para que se lleve a cabo, bien sea la eutanasia o el suicidio asistido.

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