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Energía

El Gobierno abre la puerta a subastar incentivos para 5.000 MW de renovables anuales

Aprueba el real decreto que regula el nuevo régimen económico de las energías verdes

Planta fotovoltaica.
Planta fotovoltaica.
Carmen Monforte

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el esperado real decreto que regula el nuevo régimen económico de energías renovables para las instalaciones de producción de electricidad. Se trata de la norma que desarrolla el nuevo sistema de subastas de renovables (Real Decreto-ley23/2020), basado en un precio por producción y no por la inversión realizada, como hasta ahora. A las adjudicatarias se les garantizará un precio por kWh durante 20 años.

El punto más polémico de la norma, que ha sido objeto de multitud de críticas por parte de las empresas, especialmente las comercializadoras, es su sistema de liquidación. En las subastas los inversores pujarán por un precio/kWh y los adjudicatarios tendrán garantizado ese precio a futuro: si en el mercado lo superan, deberán devolver la diferencia ose balanceará, y si no lo alcanzan, se lo compensarán las comercializadoras que, después, lo facturarán a los consumidores.

Por tanto, los usuarios no pagarán el nuevo incentivo a las renovables en los peajes de acceso de su factura de la luz, sino en el coste de la energía: de esta manera, de la liquidación no se ocupará el operador del sistema eléctrico, REE, pue no se considerará un coste del sistema, sino el operador del mercado, OMIE. El Gobierno evita así subidas de los peajes, cuya potestad está ya en manos de la CNMC.

En sus alegaciones, las comercializadoras (grandes y pequeñas) han denunciado que el mecanismo provocará una distorsión de la señal de precio de mercado que puede generar incertidumbre entre los agentes. Además, consideran que en las horas de precios bajos (los del mercado mayorista se fijan por horas) habrá una compensación a pagar a los productores que se adjudiquen precios mayores en la subasta, mientras que cuando el precio de casación sea superior a este, se les descontará. Otro problema es que la energía que se liquida es la programada no la producida realmente.

Para evitar esas maniobras, el RD permite que el precio sea corregido con incentivos de participación del adjudicatario en el mercado, “introduciendo cierta exposición de las instalaciones al mercado eléctrico”.Con ello, indica el Gobierno, se pretende fomentar que se oferte en las horas más caras del mercado para desplazar a otra generación máscara. Con esta medida, “se puede favorecer el almacenamiento”. Todo ello se determinará en cada convocatoria,” con un valor que siempre estará comprendido entre 0 y 0,5 del precio fijado.

Teniendo en cuenta que, previsiblemente, el precio en que se fijará la retribución a las renovables será de entorno a 25 euros kWh (este ha sido el resultado de la subasta de Portugal, que desvela los costes de producción, aunque si se producen avances tecnológicos ese precio podría ser más bajo) y que el objetivo del Gobierno es lograr 30.000 MW de capacidad en 2030, los más críticos consideran que un tercio de la energía va a contar con un precio fijo regulado. El Gobierno tiene previsto subastar una media de 5.000 MW anuales, si bien, ha decidido no comprometer esta cantidad cerrada, que, finalmente, no ha incluido en el real decreto.

En una nota de prensa, el Gobierno desveló hoy, sin embargo, que una futura orden ministerial recogerá un calendario de celebración de subastas, con un periodo mínimo de cinco años, y que incluirá plazos indicativos, frecuencia de las mismas, la capacidad y las tecnologías previstas, en su caso.

El Ejecutivo considera que las subastas son imprescindibles para lograr los objetivos de descarbonización. Porque, al garantizarse un precio, “se facilita el acceso a la financiación de los proyectos de energías renovables a los promotores” (especialmente, a los pequeños), tal como indica el propio real decreto, en un mercado como el español, con poca liquidez y poco desarrollo de los contratos bilaterales largo plazo (PPA). La norma permite la hibridación (plantas al tiempo eólicas y fotovoltaicas) y ampliar instalaciones existentes.

Una vez que la norma entre en vigor, el Ministerio para la Transición Ecológica podrá convocar la primera subasta con el nuevo régimen económico. La intención era realizarla antes de fin de año, pero para ello es necesaria una orden que recoja las condiciones de la misma (volumen y tecnología, por ejemplo), pero el tiempo apremia. También se podría convocar en diciembre y celebrarse ya en enero.

Según la citada nota, en las subastas se podrá  distinguir por tecnologías “en función de sus características técnicas, niveles de gestionabilidad, criterios de localización geográfica, madurez tecnológica, tamaño o componente innovador, entre otros factores”.

Respecto a la propuesta inicial, lanzada el pasado verano a consulta pública, se han producido pocos cambios. La norma fija establece que el precio de adjudicación no será objeto de actualización; los titulares no podrán realizar contratos bilaterales físicos con las instalaciones acogidas al nuevo régimen económico de las subastas; se ha eliminado la condición de que cuando se subaste energía, la orden ministerial podrá determinar la potencia máxima a instalar por unidad de energía y se mantiene la potencia mínima a construira. Asimismo se excluyen del sistema de liquidación a las instalaciones de almacenamiento.

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Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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