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Las dudas en la vuelta al cole auguran una lluvia de pleitos en las empresas por el teletrabajo

La 'jornada a la carta' y el Plan MeCuida dan derecho al empleado a solicitar seguir operando en remoto

L. Rico

Las dudas en torno a la vuelta de los alumnos a los colegios amenazan con convertirse en una nueva fuente de litigios entre empresarios y empleados por el teletrabajo. Así lo auguran los laboralistas consultados, que prevén que la incertidumbre sobre la apertura de las aulas empujará a muchos trabajadores a solicitar seguir desempeñando sus funciones en remoto. Y, en muchos casos, anticipan, las compañías se verán forzadas a concederlo incluso en contra de su voluntad.

La razón es que tanto el Estatuto de los Trabajadores (ET) como la legislación especial aprobada durante el estado de alarma reconocen el derecho de los empleados a solicitar teletrabajar. Y, si bien no obliga a las empresas a concederlo, sí les exige demostrar que han analizado la petición y, en caso de haber dado una respuesta negativa, poder justificarla con razones organizativas o producción.

El año pasado, con el objetivo de favorecer la conciliación, se modificó el artículo 34.8 en el ET para introducir la bautizada como jornada a la carta. Dicho precepto no solo permite que los empleados con hijos soliciten la adaptación de su horario, sino también "la prestación de trabajo a distancia" .

Una posibilidad que se reforzó a través del Plan MeCuida, regulado en el artículo 6 del Decreto-ley 8/2020, que establece que los trabajadores "que acrediten deberes de cuidado" respecto de familiares "tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada". Un concepto que, según especifica la norma, también incluye "la prestación del trabajo a distancia".

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Salvo que el Gobierno decida prorrogarlo, la vigencia del Plan MeCuida concluye el 21 de septiembre. No obstante, las plantillas seguirán pudiendo pedir teletrabajar al amparo de la jornada a la carta.

Negociación

Tanto el artículo 34.8 del ET como el Plan MeCuida exigen a empresario y trabajador la búsqueda de una solución "razonable y proporcionada" que equilibre la situación familiar del empleado y las necesidades organizativas y productivas de la compañía. Así, la legislación obliga a ambas partes a sentarse a negociar con la voluntad de llegar a un acuerdo.

Tanto es así que la ausencia de negociación por parte de la empresa es una de las principales causas que decantan los pleitos relativos a la jornada a la carta a favor de los trabajadores. Otra es la denegación de la solicitud sin que se hayan aportado razones objetivas que lo justifiquen.

Avalancha de consultas

"Estamos recibiendo un gran número de consultas sobre el teletrabajo", confirma Pere Vidal, letrado en Augusta Abogados, que augura que irán a más conforme se acerque la fecha del inicio del curso escolar.

¿Con qué problema se van a encontrar las empresas que pretendan recuperar cierta presencialidad? Jorge Sarazá, socio de Ceca Magán, apunta que la experiencia del confinamiento, en el que muchas han tenido que aprender a operar en remoto, "sin duda sirve de precedente para reforzar ante los jueces las peticiones de los trabajadores".

Una opinión que suscribe Carmen Torres, managing associate de Simmons & Simmons. "En puestos en los que el trabajo se haya desempeñado a distancia con resultados similares, imponer la presencia física va a ser muy complicado".Otra cosa, apunta la letrada, es que la avalancha de solicitudes sea tal que la compañía no tenga capacidad de aceptarlas todas.

Para evitar que se dispare la conflictividad, José Ramón Mínguez, socio de Barrilero Asociados, recomienda anticiparse y empezar ya negociar. "Hay que mantener el teletrabajo siempre que se pueda. Pero, cuando no sea factible, se debe dialogar con auténtica voluntad de acuerdo porque la situación es complicada para ambas partes", apunta.

Una idea que comparte Sarazá, que aconseja a las empresas se doten de un protocolo de teletrabajo con pautas objetivas para valorar cuándo se concede y cuándo no. Si además el plan está pactado con el comité de empresa, añade Torres, este será bien valorado por los jueces.

Juicio urgente

En caso de que el desacuerdo entre el empresario y el empleado que solicita trabajar en remoto acabe en pleito, tanto si la petición se hizo a través de la jornada a la carta como a través del Plan MeCuida, se resolverá a través de un procedimiento urgente y preferente. La vista deberá fijarse en los cinco días posteriores a la admisión de la demanda y la sentencia deberá dictarse en los tres días siguientes. Contra la misma no cabrá recurso salvo que esta fije indemnización por daños.

La conciliación sigue siendo cosa de mujeres

La redacción del Plan MeCuida, en el artículo 6 del Decreto-ley 8/2020, advierte que "el derecho previsto en este artículo es un derecho individual de cada uno de los progenitores o cuidadores, que debe tener como presupuesto el reparto corresponsable de las obligaciones de cuidado y la evitación de la perpetuación de roles". Los datos, sin embargo, certifican que la desigualdad sigue siendo la norma en la mayoría de los hogares españoles. Según el INE, el año pasado, el 70% de las reducciones jornada fueron solicitadas por mujeres. Y, a la vista de las peticiones de recibidas en su despacho, Pere Vidal, laboralista de Augusta Abogados, asevera que la tónica no ha variado. "Ocho o nueve de cada diez solicitudes de teletrabajo o de adaptación de jornada provienen de empleadas", relata.

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