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El Gobierno se resiste a ampliar los plazos tributarios como ya hacen 22 países de la UE y 15 comunidades

El Consejo de Economistas insta al Ejecutivo central a extender el periodo previsto para liquidar impuesto y a aprobar moratorias fiscales también para grandes empresas

El presidente del Consejod e Economistas, Valentin Pich, junto a la vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño.
El presidente del Consejod e Economistas, Valentin Pich, junto a la vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño.Consejo de Economistas
Juande Portillo

España ha ido más lejos que muchos de sus vecinos en las medidas de contención de la pandemia del coronavirus, decretando un estado de alarma que mantiene confinados a los españoles en sus hogares y ordenando paralizar toda la actividad económica no esencial. El Gobierno, sin embargo, ha sido más moderado en materia tributaria, optando por una moratoria fiscal para pymes y autónomos frente a la extensión generalizada de plazos orquestada por los estados vecinos y el grueso de comunidades autónomas.

Así lo ha puesto de relevancia este martes el Consejo General de Economistas en un detallado informe que revela que al menos 22 países europeos y 15 comunidades autónomas han aprobado ya ampliaciones masivas de los plazos de liquidación tributaria, opción a la que el Ejecutivo central se ha resistido de momento.

“No se entiende esta renuencia del Gobierno a alinearse con las políticas fiscales que se están implementando en todos los países de nuestro entorno y en muchas de nuestras comunidades autónomas”, ha manifestado en un comunicado el presidente de los economistas, Valentín Pich, que ha solicitado a Hacienda que actúe en este sentido.

El documento recoge que buena parte de los países vecinos ha optado por ampliar los tiempos de presentación de impuestos o ha aplazado el pago de los mismos (como es el caso de Alemania, Francia, Italia, Portugal, Bélgica, Países Bajos, Austria y Dinamarca), mientras que solo un puñado de ellos ha optado por demorar temporalmente el pago de cotizaciones a la Seguridad Social. Algo que sí ha hecho Francia, por ejemplo, que ha diferido los pagos, mientras que el otro país europeo más afectado por la pandemia, Italia, directamente ha suspendido las cotizaciones de marzo y abril para los sectores afectados.

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De momento, España se ha contentado con un aplazamiento fiscal de seis meses para el pago de hasta 30.000 euros en IRPF, IVA y Sociedades para pymes y autónomos con una facturación inferior a los seis millones de euros; facilitar el cese de actividad de los autónomos que han cerrado su negocio o han visto reducidas sus rentas en un 75% y ultima para hoy una moratoria de cotizaciones. Por ahora, no obstante, el Ejecutivo mantiene el calendario de la campaña de la renta que arranca este miércoles 1 de abril y acabaría el 30 de junio.

Mientras tanto, 15 comunidades han ampliado el plazo de presentación de autoliquidaciones del pago de impuestos propios (sobre establecimientos turísticos o medioambiente, por ejemplo), y cedidos, como Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones y Donaciones, Actos Jurídico Documentados y Tributos sobre el Juego.

Así lo han hecho Andalucía, Aragón, Cantabria, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid y lo ha anunciado la Comunidad Valenciana. Además, Madrid y Cataluña han ampliado los periodos de liquidación y otras, como Baleares, han decidido que no se compute el tiempo de duración del estado de alarma para la duración máxima de los procedimientos, prescripción o caducidad; o han declarado inhábiles los días del estado de alarma, como ocurre con la Consejería de Hacienda madrileña.

En una misiva dirigida a los ministerios de Hacienda, Economía y Seguridad Social, Pich ha instado al Ejecutivo a ampliar los plazos de las autoliquidaciones tributarias y de las declaraciones informativas, y ha solicitado que se agilicen los aplazamientos de deudas tributarias también para otras empresas que no sean pymes, que se pueda cambiar la modalidad de cálculo del pago fraccionado de Sociedades, que se pueda reducir el pago fraccionado de empresarios en módulos y que se modifiquen los plazos del Impuesto sobre Sociedades, en este último caso por el desplazamiento que se ha producido en los plazos mercantiles o se aplace temporalmente el pago de cuotas a la Seguridad Social.

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