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El Tribunal Constitucional anula parte del real decreto del alquiler del Gobierno

El TC rechaza las medidas para ampliar el parque público en alquiler del Ministerio, pero el grueso de la regulación sobre alquileres sigue en pie

Vivienda en alquiler en Madrid.
Vivienda en alquiler en Madrid.Manuel Casamayon

El Tribunal Constitucional (TC) anuló este martes dos disposiciones del real decreto de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler aprobado el Gobierno en marzo del año pasado, poco antes de la repetición electoral. El fallo, que estima solo parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, tumba dos disposiciones adicionales al texto, con lo que el grueso de la regulación sobre el alquiler, incluida la ampliación de la duración de los contratos o la elaboración de un índice de precios, goza del aval del Constitucional.

A la espera de conocer la sentencia en su totalidad, fuentes del TC confirmaron este martes que el Pleno del Alto Tribunal había rechazado las disposiciones adicionales primera y tercera. La primera se refiere a los planes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para dinamizar la oferta de vivienda en alquiler, que prevén reorientar el Plan Estatal de Vivienda exclusivamente al alquiler, movilizar suelo público de la Administración, colaborar con las entidades locales para agilizar las licencias urbanísticas, y establecer mecanismos fiscales como la cesión de derechos de superficie a entes privados para la edificación de vivienda social.

Esta anulación podría dificultar los planes del Gobierno de ampliar al parque público de vivienda, si bien fuentes del Ministerio insistieron en que la disposición se refiere a líneas de actuación futuras y que, en todo caso, el plan estrella de José Luis Ábalos de ceder suelo público a promotoras privadas para construir y explotar durante 50 años 20.000 viviendas en alquiler a precios asequibles continuará implementándose en su totalidad.

El Tribunal también anula disposición adicional tercera, que incluye medidas para flexibilizar la duración de los convenios en materia de infraestructuras de transporte. Fuentes del Ministerio aclaran que este precepto no se refiere a la política actual de vivienda, por lo que cabría cuestionar su inclusión en un primer momento en el real decreto.

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez Sancho, avala por tanto la constitucionalidad de la mayor parte del cuerpo legal, mientras que el PP pedía su inconstitucionalidad al considerar que su contenido no respondía a una situación de “extraordinaria y urgente necesidad”, sino en la "urgencia política electoralista".

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