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Todo lo que tienes que saber para presentar el IVA tal y como desea Hacienda

Modelos que hay que presentar, cómo calcularlo y cuándo declarar el IVA.

El Impuesto de Valor Añadido (IVA) es uno de los más conocidos por todos los contribuyentes. Es una carga fiscal indirecta y grava el consumo de bienes y servicios. Autónomos y pymes han de presentar sus cuentas a Hacienda de forma periódica, a través de una serie de modelos, que dependen de una serie de factores. Pero, ¿sabes todo acerca del IVA? ¿Tienes claro los tipos que hay y qué modelos debes presentar? ¿Conoces los distintos regímenes? A continuación, vamos a despejar todas las dudas acerca de este impuesto para tener claro cómo presentarlo.

IVA: cálculo y tipos impositivos

El IVA es un impuesto indirecto, porque realmente no es gasto ni ingreso de una empresa o autónomo. Éstos funcionan como recaudadores gravando IVA en sus facturas para presentarlo a Hacienda.

Lo habitual es que los autónomos y las pymes hagan la declaración de IVA cada tres meses (las grandes empresas mensualmente). Tienen derecho a deducirse el IVA soportado de las facturas recibidas y devengarse el repercutido de las emitidas. Por tanto, solo se paga el IVA del valor que las empresas han añadido al producto o servicio. Además, también es posible deducirse el IVA abonado del recaudado. Existe la excepción en el caso de comprar un producto extranjero y venderlo en España, que deberá pagar la totalidad del impuesto.

En España hay tres tipos impositivos de IVA: el general (21%), el reducido (10%) y el superreducido (4%). El primero se aplica por defecto, el siguiente se destina a productos alimenticios, sanitarios, hostelería, espectáculos, etc., y el tercero es para artículos de primera necesidad. También hay servicios exentos de IVA como asistencia sanitaria, servicios públicos postales, etc.

Estimación directa, estimación objetiva y criterio de caja

Tal y como se expone en una guía publicada por Wolters Kluwers, para saber cómo se declara el IVA es importante conocer la diferencia entre régimen de estimación directa y de estimación objetiva. Dependiendo del tipo de actividad que se desarrolle, el autónomo o empresario deberá tributar por uno u otro.

El régimen de estimación directa es aquel en el que el autónomo paga los impuestos dependiendo del rendimiento derivado de la actividad profesional. Es decir, que se calculan los ingresos, se le restan los gastos deducibles (suministros, personal, etc.) y tenemos el resultado de lo que tienen que abonar. Presentan el modelo 13º trimestralmente.

Por su parte, el de estimación objetiva o también conocido como “por módulos” es aquel en el que no se cuentan los gastos reales, sino una aproximación realizada por Hacienda. Para ello, se tienen en cuenta una serie de parámetros o módulos. Estos autónomos presentan el modelo 131 cada tres meses y han de acogerse al régimen simplificado.

En cuando al criterio de caja, es una medida que entró en vigor en 2014. Se trata de un régimen especial al que pymes y autónomos pueden optar. Permite no adelantar a Hacienda el IVA de las facturas emitidas que no se hayan cobrado aún. Para ello, la empresa debe tener una facturación anual inferior a dos millones de euros.

Modelos de IVA que se pueden presentar

Las presentaciones de IVA se realizan trimestralmente en caso de pymes y autónomos. Sin embargo, las empresas que soportan más IVA que el que repercuten (cuando se exporta, por ejemplo), puede ser beneficioso hacerlo mensualmente ya que las exportaciones están exentas de IVA.

A la hora de declarar el IVA a la Agencia Tributaria hay cinco modelos diferentes: SII, el 303, 347, 349 y 390. Vamos a ver cuál presentar dependiendo del cada caso.

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