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Si eres autónomo Societario, quizás hayas estado pagando de más

Los autónomos societarios pagan más que el resto de autónomos.

 ¿Es posible recuperar el dinero que has estado pagando de más? Este tipo de autónomo no puede acceder a ciertas ayudas de las que sí disfrutan otros autónomos. Frente a esta situación nace justiciaparalosautonomos.com

Fueron varios factores los que impulsaron la creación de la plataforma justiciaparalosautonomos.com. En primer lugar, el contexto jurídico que creó la consulta de la Seguridad Social al Tribunal Supremo. El organismo ha planteado ante la Cámara Alta si es correcto despojar a los autónomos societarios del derecho a las bonificaciones que disfruta cualquier trabajador por cuenta propia que decide emprender.

Mientras que la normativa vigente y aplicable por parte de la Seguridad Social deniega el acceso a esta bonificación a los autónomos societarios, las reclamaciones que llegan hasta el Tribunal Supremo, aunque aún no muy numerosas por el desconocimiento de esta realidad por parte del colectivo, sí consiguen que se les reconozca este “derecho”. Así, el detonante definitivo serían una serie de sentencias ganadas por nuestro equipo legal en reclamaciones de esa misma naturaleza.

Como os comentaba en la cuestión anterior,pensamos que la plataforma podría poner en conocimiento de todos los autónomos societarios de nuestro país la existencia de esa vía para reclamar una suma de dinero bastante importante y que, por jurisprudencia y basándonos en motivaciones jurídicas, podría corresponderles.

Además de ofrecer visibilidad, por experiencia sabemos que cuando se trata de dar bombo o hacer ruido sobre temáticas que defienden los intereses de ciertos colectivos, la unión hace la fuerza y multiplica los resultados de las acciones.

Esta es fácil. Los autónomos societarios pueden recuperar hasta 5.000,00€ indebidamente pagados en concepto de cuotas a la Seguridad Social. Sal a la calle y pregúntale a cualquiera de ellos como les ayudarían 5.000,00€, en concreto durante los 2 primeros años de actividad de sus negocios.

Conrespecto a la tarifa plana,como bien venimos diciendo, todo proviene del reconocimiento a la figura del autónomo societario no como persona física, sino como persona jurídica con responsabilidad limitada, diferenciándolo así del autónomo clásico.

Sin embargo, los tribunales han determinado que el autónomo societario es persona física, que realiza de forma personal, real, directa y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, teniendo al menos la mitad del capital social y siendo administrador único de la mercantil.

En relación a la jubilación activa, un autónomo persona física puede cobrar el 100% de su pensión y seguir ejerciendo la actividad siempre y cuando tenga un trabajador contratado por cuenta ajena para el desempeño de la misma actividad.

En cambio, el autónomo societario no tiene acceso a esta posibilidad por la mencionada equiparación de persona jurídica.

Se están dando los primeros pasos al igual que en el ámbito de la tarifa plana, concretamente laSJS Oviedo 17/07/2018 núm. 209/2018, El Juzgado de lo Social Nº 3 de Oviedo reconoce a un autónomo el derecho a percibir el 100% de su pensión de jubilación y compatibilizarla con su trabajo como gestor de su propia empresa.Aun siendo esta sentencia muy particular, tenemos la esperanza de que, poco a poco, consigamos equiparar nuestros derechos.

El objetivo lo indica su propio nombre “JUSTICIA PARA LOS AUTÓNOMOS”. Queremos visibilizar ciertas realidades e información que no llega en forma y tiempo en el momento adecuado a aquellas personas que se ven afectadas por las mismas. El objetivo último es mostrar dicha información de forma accesible y trazar vías para que aquellos que se han visto perjudicados, puedan actuar al respecto.

Nuestro equipo de abogados ya ha ganado varias sentencias en este sentido. De ahí que pensáramos en trasladar esa posibilidad ya no solo a los clientes de Ayuda T Pymes, sino a todos los autónomos societarios de España. Ten en cuenta que son más de 350.000 sociedades limitadas las creadas en España en los últimos 4 años, los casos reclamables por temas prescripción. Cuanto más tiempo pase sin que la información adecuada llegue a las personas afectadas, más casos habrán perdido la oportunidad de ser reclamados.

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