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Esto es lo que realmente le cuesta a un autónomo contratar un trabajador

La empresa deberá tener en cuenta el salario y los pagos a la Seguridad Social

El sueldo y la Seguridad Social son dos cuestiones clave que debe tener en cuenta un empresario cuando quiere contratar a un trabajador. En Billin han analizado todos los costes relacionados con esta acción, con el objetivo de que el autónomo pueda calcular exactamente lo que le supondrá económicamente ampliar su equipo. Porque el salario es sólo el principio.

Coste añadido

El coste de la Seguridad Social es el importe que debe pagar una empresa o un autónomo por tener contratado a un trabajador. Se trata de un coste adicional, aparte del salario neto que le debe abonar.

El coste de la Seguridad Social está formado por la cotización por contingencias comunes, que es un 23.60 % del sueldo bruto. También forma parte de él, la cotización por contingencias profesionales, que oscilará desde el 1% para trabajadores de oficina, el 1,85 % para el sector minorista, el 3,60 % en limpieza y seguridad y el 6,70 % en actividades más peligrosas, como la construcción y el transporte.

El empleado abona a su vez a la Seguridad Social la cotización por desempleo, que es el 5,50 % para contratos indefinidos y el 6,70 % en contratos temporales; la cotización por formación profesional, que es el 0,60 % y la cotización al Fondo de Garantía Salarial, esto es, el 0,20 %

Por tanto, el coste de seguros sociales que le supondrá al autónomo, la contratación de un trabajador sería un 30,90% del sueldo bruto en contratos indefinidos, mientras que en contratos temporales supondrá un 32,10 %.

Ceñirse al Convenio Colectivo

En cuanto al sueldo del empleado, la empresa tendrá que ceñirse al Convenio Colectivo del sector y a la Comunidad Autónoma que se pertenezca. Por ejemplo, si se quiere contratar a un trabajador 40 horas semanales a jornada completa, en Madrid, un auxiliar administrativo cobraría 13.900 euros al año, mientras que un licenciado o graduado, 17.500 euros anuales.

Para calcular el sueldo neto del trabajador habrá que deducir la Seguridad Social , un 6,35% del salario bruto, y las retenciones del IRPF, cuyo porcentaje varía en función de los ingresos.

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