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El BCE permite a la banca incluir los depósitos de empresas en su colchón anticrisis

Santander, BBVA y Sabadell los computan en sus requisitos MREL Deben ser a más de un año y superiores a 100.000 euros

El presidente del Banco Central Europeo (BCE), Mario Draghi, junto al vicepresidente del BCE, Luis de Guindos.
El presidente del Banco Central Europeo (BCE), Mario Draghi, junto al vicepresidente del BCE, Luis de Guindos.EFE
Nuria Salobral

El estallido de Lehman Brothers hace ya más de diez años y las mutaciones posteriores de la gran crisis financiera, como el pinchazo de la burbuja inmobiliaria en España o la crisis de la deuda soberana en la zona euro, han dejado en herencia a la banca un nuevo y más exigente marco regulatorio en materia de solvencia. Con tal de evitar nuevos rescates bancarios con dinero público, las entidades financieras deberán ser capaces de rescatarse a sí mismas, para lo que deben ir construyendo un colchón de activos capaces de absorber pérdidas.

En Europa, la norma que desarrolla este principio regulatorio es la conocida como MREL (Minimum Requirement of Eligible Liabilities), por la que las autoridades determinan para cada entidad un requisito mínimo de fondos propios capaces de absorber pérdidas. En la práctica, un colchón anticrisis que alcance un porcentaje determinado sobre los activos ponderados por riesgo, de modo que el banco pueda tener capacidad para rescatarse a sí mismo.

En España, solo Santander, BBVA y Sabadell –por su condición de bancos globales y con filiales en Reino Unido y América Latina –conocen desde el pasado mes de mayo los términos del colchón anticrisis que deben constribuir y en ese cálculo, el BCE y la Autoridad de Resolución Europea (Single Resolution Board, SRB) han optado por no ser demasiado exigentes. Estas entidades están incluyendo en el cómputo de activos susceptibles de absorber pérdidas –con los que cumplir los objetivos MREL– los depósitos corporativos.

Así, el colchón anticrisis no quedará constituido únicamente por las emisiones de deuda que lanzan las entidades con tal finalidad –bonos contingentes convertibles (cocos), deuda subordinada, y sénior no preferente– sino que podrán sumarse a ese escudo los depósitos corporativos.

El sector teme que pueda ser una medida transitoria,
con el fin de dar a medio plazo cierta flexibilidad regulatoria

El requisito es que tengan un claro perfil de imposición a plazo y no sean por tanto fuente de liquidez para las empresas. Deben ser a más de un año de plazo, no cancelables antes del vencimiento y por un importe superior a los 100.000 euros, según explican fuentes financieras. “No se trata de grandes importes”, aseguran desde una entidad. Aunque su inclusión en el cómputo del requisito MREL es también visto en el sector como una señal de flexibilidad por parte de las autoridades reguladoras y un mensaje para las entidades que aún no han recibido la notificación de sus propios requisitos de colchón anticrisis, que podrían evitar así un esfuerzo extra de emisiones de deuda en la construcción de ese escudo.

En caso de resolución bancaria, los depósitos corporativos superiores a los 100.000 no están protegidos y también pueden contribuir al rescate interno de una entidad. Pero solo después de que se haya recurrido a la deuda diseñada para absorber pérdidas. Así, fuentes bancarias también señalan el carácter transitorio que podría tener la inclusión de los depósitos corporativos en el cálculo de los requisitos MREL. “Da la sensación de que podría traer problemas y no es la intención del regulador que absorban pérdidas”, explican fuentes bancarias.

“Las entidades financieras españolas están bien en términos de capital. Están construyendo una estructura de capital anticrisis lo más eficiente posible y no están presionadas para emitir deuda por motivos regulatorios”, apunta Andrés Calzado, responsable de Mercados de Capitales para Instituciones Financieras de Nomura.

El resto del sector, a la espera

Solo Santander, BBVA y Sabadell conocen por ahora el detalle del colchón de capital anticrisis que deberán tener listo el 1 de enero de 2020. El resto de entidades españolas permanece a la espera, si bien se prevé que el BCE y el SRB comuniquen a cada banco su requisito particular antes de que acabe el año.

La construcción del escudo anticrisis requiere la emisión de títulos de deuda más costosos, como los bonos contingentes convertibles. Ibercaja y Abanca son por ahora los únicos bancos españoles no cotizados en emitirlos.

“Es probable que se abra otra ventana de oportunidad para las emisiones de deuda bancaria en el mes de noviembre, una vez pase la publicación de resultados. Los bancos intentarán apurar para emitir y prefinanciar vencimientos de 2019 antes de que acabe el año. El sentimiento hacia España es muy positivo y no se ve afectado de momento por el ruido político”, aseguran desde Nomura.

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Sobre la firma

Nuria Salobral
Es jefa de la sección de Inversión en el fin de semana y redactora especializada en temas financieros y política monetaria. Trabaja en Cinco Días desde 2006, donde ha cubierto la quiebra de Lehman Brothers, el rescate a la banca española o las decisiones del BCE. Nacida en Madrid, es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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