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La incapacidad permanente en los autónomos

Requisitos y cuantía de la pensión por incapacidad total en los trabajadores por cuenta propia

La incapacidad permanente de un trabajador es la que tiene lugar cuando después de haber seguido un tratamiento prescrito continúa presentando reducciones, sean anatómicas o funcionales, graves, que sea previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Esta situación está dotada de una prestación económica para cubrir la pérdida de salario que sufren estas personas cuando su capacidad laboral está reducida o, incluso, anulada.

Los profesionales autónomos tienen también tienen derecho a este tipo de bonificación, aunque con una serie de condiciones y particularidades que exponemos a continuación.

Cobertura por contingencias profesionales

Para acceder a esta ayuda, los trabajadores por cuenta propia deberán estar al corriente de pagos de sus cuotas, así como tener un mínimo cotizado. Además, es necesario tener la cobertura de contingencia profesionales por accidente de trabajo y por enfermedad profesional. Para ello, o bien las tienen cubiertas de forma obligatoria por su actividad profesional o bien las ha ampliado de forma voluntaria para tener mejores condiciones. Otra posibilidad es que se haya acogido a la cobertura de la prestación por incapacidad temporal.

En este último caso, el autónomo recibirá una pensión de forma mensual, que depende del tipo de enfermedad o accidente que se haya tenido.

Cuantía de la pensión por incapacidad

Para calcular el importe de la pensión se deben tener dos aspectos en cuenta:

Incrementos de la pensión

La prestación que el autónomo recibe por incapacidad permanente total para la profesión habitual, puede incrementarse en un 20% más de la base reguladora que se tenga. Siempre y cuando se cumplan algunos de los siguientes requisitos:

Qué se entiende (y qué no) por accidente de trabajo

Para ser considerado un accidente de trabajo el que ocurre como consecuencia directa e inmediata del trabajo que el autónomo realiza por cuenta propia. Según la Seguridad Social, son los siguientes:

Por tanto, aquellos que se produzcan por causa de fuerza mayor no serán considerados como tal, ni tampoco aquellos derivados de la imprudencia del trabajador.

Además, es importante considerar que los autónomos que no hayan optado por la protección de las contingencias profesionales, los accidentes que tengan en el trabajo se considerarán derivados de accidente no laboral.

Qué se entiende (y qué no) por enfermedad profesional

Una enfermedad profesional es aquella que se contrae a consecuencia del trabajo por cuenta propia en la actividad profesional. Es decir, aquella que está provocada por la acción de los elementos o sustancias propias del trabajo que el autónomo desempeña. Debe estar incluida en la lista de enfermedades profesionales, con las relaciones de las principales actividades capaces de producirlas, anexa al RD 1299/2006, de 10 de noviembre.

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