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La UE sonroja a España por la falta de cobertura social de los autónomos

La Comisión Europea lanza unas recomendaciones sobre el acceso a la prestación social de los autónomos, que deberán adoptar los países miembros.

CINCO DÍAS

La Unión Europea ha elaborado un informe titulado 'El pilar de los derechos sociales. El acceso a la protección social de los trabajadores europeos'. En él se informa sobre una serie de circunstancias de desigualdad social en el trabajo, que se están dando en los países miembros.

Estas circunstancias han sido representadas con una serie de ejemplos y casos reales. De las escenas que se describen como acciones a corregir, tres de ellas están relacionadas con las diferencias de cobertura que tiene un trabajador autónomo frente a asalariados. Las tres se dan en España de forma exacta, lo que parece un mensaje claro sobre la necesidad que tiene nuestro país de corregir las coberturas en este tipo de profesionales.

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Casos a corregir, según la UE

En el documento, la UE compara la actividad de un trabajador por cuenta propia con la de uno que trabaje por cuenta ajena. El primero de los casos que expone la Comisión Europea se centra en las bajas por enfermedad. Una persona con contrato indefinido a tiempo completo tiene derecho a prestaciones por enfermedad que compensan la pérdida de los ingresos en caso de que haya una enfermedad prolongada. Sin embargo, un empleado autónomo tiene unas prestaciones menores en ese sentido.

El empleado contratado en una empresa sí que percibirá un ingreso durante el tiempo de la baja, mientras que el autónomono no tiene suficientes coberturas para mantener el nivel de ingresos que tendría si siguiera trabajando con normalidad. Una situación de desigualdad que la Comisión pone de relieve en su informe.

Más ejemplos de la Comisión

En el segundo de los casos, un joven autónomo sufre un accidente durante su jornada laboral. Esto le provoca una lesión permanente. Al no disponer de cobertura para accidentes de trabajo, debe usar sus ahorros para pagar el tratamiento médico. Unos ahorros de los que no dispondrá para pagar el alquiler y los estudios si está aún formándose.

Por último, una persona que ha trabajado durante 5 años contratado a tiempo completo decide hacerse autónoma y montar un negocio. Un año después quiebra su negocio, pero el sistema no le permite reclamar el paro, pese haber estado contribuyendo al sistema durante cinco años. Al menos no en las mismas condiciones de acceso que tendría un asalariado.

Recomendaciones de la UE

España deberá trabajar para adoptar las recomendaciones que le hace la UE sobre el acceso a la protección social para los autónomos. Entre ellas destaca ampliar la cobertura de las prestaciones por enfermedad a las personas con empleo, hacer lo mismo con la cobertura por accidentes y garantizar los derechos como la prestación por desempleo a lo largo de la carrera de una persona.

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