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Popular: Lo confidencial no vale más que lo transparente

La tensión entre ambos valores no tiene una solución matemática, pero tener procesos claros ayuda El informe de Deloitte que llevó a resolver el banco no se ha publicado, pese a las peticiones de varios diputados

Sucursal de Banco Popular.
Sucursal de Banco Popular.PABLO MONGE

Una conocida cuestión en ética empresarial, así como en otros ámbitos, es cómo resolver cuestiones en las que están en tensión confidencialidad y transparencia. La confidencialidad conlleva no revelar información que debe ser mantenida en secreto. Es una exigencia de lealtad y de justicia ya que su divulgación puede dañar a personas o instituciones y lesionar legítimos derechos. La transparencia es un aspecto de la veracidad y se refiere a la revelación de información veraz y completa a quienes tienen derecho a conocerla.

La tensión confidencialidad-transparencia se ha planteado, una vez más, con motivo de la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR, Single Resolution Board) de la Unión Europea, del 7 de junio de este año, de controlar y vender Banco Popular a Santander por un euro, amortizando la deuda por 2.000 millones de euros, y la subsiguiente controversia por la opacidad del informe de la firma de auditoría Deloitte que, al parecer, fue clave para dicha decisión.

El ministro de Economía, Luis de Guindos, y varios diputados de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios solicitaron que el contenido del informe de Deloitte se hiciera público, pero la presidenta de la JUR, Elke König, afirmó que no sería así, alegando que incluía demasiada información confidencial. Ante tal afirmación surge la pregunta: ¿tienen derecho a conocer tal informe los afectados por la resolución de Banco Popular?

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Por otra parte, algunos afirman que las declaraciones de la señora König en los días previos a la intervención del banco, e incluso alguna filtración, contribuyeron a agravar la crisis de liquidez que precipitó el fatal desenlace del banco. Esto lleva a pensar que pudo haber falta de confidencialidad.

Sería necesario tener mayor información para valorar si en el informe de Deloitte había “demasiada información confidencial” y por ello no se podía hacer público en su conjunto.

Sin embargo, no cabe duda de que los accionistas y bonistas afectados tienen derecho a conocer la información básica que tuvo como consecuencia perder toda su inversión. Conocer los motivos de la resolución del banco incluidos en el citado informe es además necesario para apelar a los tribunales ante la posible injusticia de la misma.

Solucionar la tensión entre confidencialidad y transparencia no es una cuestión matemática: exige sabiduría práctica, que en el fondo es saber hacer. No obstante, los criterios prácticos y unos claros procesos de actuación pueden ayudar.

Coincido con José María Roldán, presidente de la Asociación Española de la Banca, quien tras expresar su opinión de que la declaración de inviabilidad de Banco Popular fue la mejor de las soluciones, se posicionaba a favor de una mayor transparencia: “Hay que dotar de más transparencia a todos los procesos de resolución. Son procesos complejos, y si no se explican bien puede crear una impresión equivocada.” La transparencia en aquello que se tiene derecho a conocer es una exigencia de veracidad y proporciona seguridad jurídica.

El debate sobre el caso de Banco Popular sigue abierto. Es posible, e incluso deseable, que se consideren las críticas recibidas en este caso y, sobre todo, que se establezcan criterios procedimentales claros de cara al futuro para actuar con justicia y generar confianza en el sistema.

Domènec Melé es profesor de IESE, Universidad de Navarra

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