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Estas son todas las bonificaciones de cuota que llegan con la Ley de Autónomos

Los autónomos disfrutarán de la ampliación de la tarifa plana y bonificaciones para los trabajadores en régimen de pluriactividad

La nueva Ley de Autónomos modifica algunos aspectos relacionados con las bonificaciones de cuota de este tipo de trabajadores. Dicho de otro modo, hay nuevas ayudas relacionadas con lo que paga un autónomo mensualmente al darse de alta en la Seguridad Social. Repasamos las novedades más importantes.

La primera de ellas, tiene que ver con la ampliación y modificación de la tarifa plana de 50 euros. Actualmente, se podía disfrutar de esta bonificación durante los seis primeros meses de actividad y además se requería no haber estado dado de alta en el RETA durante los cinco años anteriores. A partir del nuevo curso, la tarifa plana de 50 euros estará vigente durante los doce primeros meses y el requisito disminuirá de cinco años a dos.

La tarifa plana de 50 estará vigente para aquellos nuevos autónomos que seleccionen la base mínima de cotización. Los que opten por bases de cotización más altas, tendrán una reducción del 80% en la cuota durante los doce primeros meses. Una vez cumplido este paso, la tarifa irá aumentando cada seis meses hasta cumplir un periodo de dos años, donde a partir de entonces se pagará la tarifa completa, sin bonificación. En concreto, entre los meses 13 y 19 se pagará un 50% de cuota. A partir de aquí, y hasta el mes 24, la reducción será de un 30% del total.

La segunda medida que afecta a las bonificaciones de cuota tiene que ver con la maternidad. Durante el periodo en que un autónomo este en situaciones de baja por maternidad, paternidad, adopción, guarda, acogimiento o riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. Se mantiene una bonificación del 100% de la cuota de autónomos.

Una tercera norma en relación con las bonificaciones de cuota afecta a los casos de pluriactividad. Es decir, aquellos que estén dados de alta en el RETA y además trabajen para otra empresa como empleados. Tendrán derecho a la devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones. Tal y como informan desde Palacio Asesores.

Por último aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten a un familiar tendrán una bonificación del 100% durante doce meses en la base de cotización por contingencias comunes.

De igual manera, cuando un familiar colabore con un pariente y ambos sean autónomos, también disfrutarán de una bonificación, que ya existía. La novedad es que se considerará colaboración entre familiares a las parejas de hecho que convivan juntas.

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