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¿Cotizas por la mínima? Estas son las pobres prestaciones que cobrarás

Análisis de las prestaciones por desempleo o baja por enfermedad que cobra un autónomo que cotice por la mínima.

Los trabajadores autónomos en España reciben una media de 650 euros al mes, en el caso de que se vean obligados a ir al paro o a cogerse una baja. En Territorio Pyme hemos simulado varios escenarios, apoyándonos en la calculadora que acaba de presentar la mutua colaboradora de la Seguridad Social MC Mutual.

En España, el 85% de los autónomos cotiza por la base mínima. Dicha base es de 919,80 euros al mes. Esto significa que estos profesionales tendrán que abonar en torno a los 300 euros mensuales, en el caso de que coticen para tener acceso a paro y a otro tipo de prestaciones. Por ejemplo, cuando estén de baja por enfermedad laboral (lo que se conoce como contingencias profesionales). Pero, ¿qué recibe el autónomo a cambio de dichas cotizaciones? En el caso de verse obligado a usarlas, en torno a unos escasos 650 euros al mes. Por debajo, incluso del Salario Mínimo Interprofesional.

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El paro de los autónomos

En el caso de que sea necesario acceder a la cobertura por cese de actividad (el denominado paro de los autónomos) este profesional cobrará de paro en torno a los 644 euros al mes. Una cifra sensiblemente inferior a la media de paro que cobra un profesional asalariado.

Con el agravante de que los profesionales autónomos no tienen asegurada la prestación del paro si su negocio no va bien. Al contrario de lo que ocurre en el ámbito de los asalariados, los autónomos deben aportar una serie de pruebas y ser evaluados. De hecho, en España todavía se rechazan más de la mitad de las solicitudes de paro de los autónomos. Dicho de otro modo, un autónomo puede estar pagando para tener acceso a paro y que, cuando le haga falta acceder a él, se lo denieguen.

Lo peor de todo es que el resto de coberturas que un profesional de este tipo percibe rondan cantidades similares. O, incluso, menores.

Por ejemplo, si un autónomo se ve obligado a cogerse la baja por enfermedad común o por accidente no laboral, cobrará 543 euros al mes, durante el primer mes. Esta cifra asciende a los 690 euros a partir del segundo mes de baja, en estas circunstancias.

¿Y si el autónomo está de baja por enfermedad profesional?

La otra opción cuando un autónomo coge la baja es que ésta se derive de un accidente o enfermedad que sí tenga relación con las funciones que desempeña. En este caso, lo que cobrará el profesional es 667 euros al mes, aproximadamente.

Es importante destacar, que todas las cifras aportadas son cálculos aproximados, puesto que son varios los factores que afectan a las prestaciones finales. En cualquier caso, las cifras no distarán mucho del ejemplo medio que hemos tomado como referencia, en el caso de que el autónomo esté cotizando por la mínima.

Para aminorar la cuota mensual que un autónomo tiene que abonar, éste puede prescindir de las contingencias profesionales y del paro de los autónomos. El ahorro estaría en torno a los 17 euros al mes. Sin embargo, en este caso ni siquiera cobraría los poco más de 600 euros comentados en cada caso. La única cobertura que sí procedería, pues es obligatorio cotizar por ella, es la de contingencias comunes, en la que todo autónomo debe estar de alta.

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