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Los argumentos para demandar la resolución de Popular

¿Qué hay de la Carta de los Derechos de la UE? El banco comienza a recuperar músculo comercial

La Junta Única de Resolución (JUR) ha rechazado divulgar el informe de valoración realizado por Deloitte que justificó la liquidación de Banco Popular, adjudicado a Santander por un euro. El organismo europeo de resolución considera que contiene datos financieros de ambas entidades que podrían socavar la protección de sus intereses comerciales. Así respondió la semana pasada al grupo empresarial chileno Luksic, que llegó a tener el 3,5% de Popular, tras solicitar este informe. La negación a entregar el informe de Deloitte no ha sorprendido. Hace ya unas semanas el Mecanismo Único de Resolución, a través de su presidenta, Elke König, ya anunció que no se iba a publicar su contenido porque tenía datos confidenciales.

Pero la familia Luksic no es el único accionista destacado que ha reclamado este informe que valoró a Popular entre 1.300 millones de euros positivos a 2.000 millones y 8.200 millones de pérdidas. Prácticamente todos los grandes inversores de Popular han decidido demandar al FROB y a la JUR, e incluso al Banco Central Europeo (BCE) a la vez que han solicitado este informe. Los abogados de los pequeños accionistas también reclaman este escrito, lo mismo que varios eurodiputados españoles. Aunque, hasta a fecha (Popular fue intervenido y vendido en la madrugada del pasado 7 de junio) la respuesta es la misma, no.

Varios juristas encuentran en la negativa de la JUR a entregar este informe un incumplimiento de la Carta de Derechos de la Unión Europea (UE), sobre todo los artículos 41,45,47 y 52, “que garantizan la tutela judicial efectiva de los legítimos intereses de los particulares”, según explica un conocido abogado, que prepara la defensa de un también conocido grupo de ya exinversores de Banco Popular.

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Su opinión coincide con la de otros juristas, quienes mantienen que la falta de publicación de este informe provisional, reclamado también por el Gobierno español, como la falta de elaboración del análisis definitivo sobre el valor de Popular, o incluso “la falta de elaboración y publicación del informe comparativo del definitivo con la valoración que se hubiera obtenido en caso de liquidación ordenada”, no encaja con la Carta de Derechos de la UE, argumenta otro abogado en la demanda que prepara contra la JUR y el FROB.

Este mismo abogado mantiene que la situación que se ha generado es incompatible “con el derecho a ser oído con carácter previo a una decisión desfavorable. Al derecho a acceder al expediente administrativo por parte de los interesados para poder contradecir adecuadamente, con pleno conocimiento de causa, las valoraciones que afectan directa y negativamente a los accionistas y obligacionista y a la obligación de motivación de resolución desfavorable. Además, es incompatible con los plazos para recurrir la resolución de la JUR que ya están corriendo en los supuestos mencionados”.

Pero el choque entre la decisión y algunas actuaciones de la JUR y los argumentos de los abogados son bastante más extensos, y así parece que lo van a plasmar en sus demandas, según explican. Mantienen que las declaraciones hechas a la agencia Bloomberg el pasado 23 de mayo por la presidenta de la MUR, o las publicadas en Reuters el 31 de mayo también atribuidas a König en las que se reconoce que se está examinando a Popular, lo que llevó a un desplome de su acción en días posteriores, no tienen encaje “con los considerandos 116 y 117 del Reglamento de la UE número 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como del artículo 88”, insisten los abogados de un conocido despacho .

Estos mismos abogados dudan de la compatibilidad de la actuación de la JUR en la resolución y posterior venta de Popular a Banco Santander. “¿Sería compatible con el contenido del artículo 20.1 del Reglamento de la UE ya mencionado número 806/2014 y de su considerando 62 una valoración de una entidad solvente, aunque con problemas de liquidez, excluyendo activos muy importantes en una empresa en funcionamiento como los fondos de comercio, o los créditos fiscales, entre otros, y que se resuelve como tal empresa en funcionamiento cuando la literalidad del reglamento no excluye activo alguno de su valoración y el comprador en resolución afirma el valor que tiene para él alguno de ellos?”, subrayan.

Estas son algunas de las cuestiones que los abogados han planteado o van a plantear a la JUR y al FROB, pero no son las únicas, aunque gran parte de ellas están centradas en la potencial incompatibilidad de la actuación de Bruselas en la intervención de Popular con varios artículos del Reglamento de la UE 806/2014.

Mientras cientos de abogados españoles e internacionales preparan o perfilan sus demandas, Santander ya ha comenzado a sumarse beneficios de Popular tras su compra el pasado 7 de junio. Se ha sumado 11 millones de euros desde esa fecha hasta finales de junio. Eso sí, el banco que preside Ana Botín ha tenido que llevar a cabo una macroampiación de capital por 7.000 millones de euros para capitalizar a Popular, según explicaron el viernes los directivos de Santander.

Los responsables de Santander aseguraron el viernes en la presentación de resultados semestrales del banco que cuando se hicieron cargo de Popular “sus cañerías (para conceder créditos) estaban vacías”. Pero la entidad ya ha comenzado a recuperar su músculo comercial y no solo ha recuperado en 50 días desde que Santander se hizo cargo de ella 6.500 millones de euros en depósitos, de los 20.000 que salieron desde enero, sino que la concesión de créditos “se ha normalizado”. Y su principal fuente de negocio, las pymes, están volviendo a depositas su dinero y a pedir créditos en Popular.

Eso sí, parece que hasta dentro de dos años Santander no absorberá la red de Popular, fecha en la que este último banco perderá definitivamente su marca. La misma suerte parece que le pasará a Banco Pastor, pese a la petición de Alberto Núñez Feijóo, presidente del gobierno gallego, para que Botín mantenga esta marca de gran tradición en la comunidad autónoma. Los servicios centrales de Santander y Popular se integrarán un poco antes, en unos 18 meses.

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