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Innovación en la empresa

Las líneas rojas que separan el plagio de la innovación

Aparecen casos como el de Mahou y En Marea, con logos razonablemente parecidos A la lista se suman los móviles Zetta, con un logo 'inspirado' en Apple

La semana pasada, Mahou pidió a la formación política En Marea la modificación de su logo por su parecido con el de la cervecera.
La semana pasada, Mahou pidió a la formación política En Marea la modificación de su logo por su parecido con el de la cervecera.

La innovación está muy demandada. Tanto que diferentes firmas, como la alemana Rocket Internet, han llegado a establecer que cualquier gran idea que surja dentro de sus instalaciones pertenecerá, por ley, a la empresa. Debido a la necesidad imperiosa de innovar surgen, en muchas ocasiones, conflictos. Algunos como el de la semana pasada, cuando el conglomerado Mahou San Miguel pidió a la formación gallega En Marea que modificase su logotipo. La razón, explicaron en un escrito, “la gran semejanza” entre el del grupo político y el de uno de los productos estrellas de la cervecera, Mahou. Ambos, representados por una letra eme, con un diseño razonablemente parecido. Un caso similar, el de los móvilesZetta, salió a la luz hace dos semanas, aunque el parecido entre su logo, una bellota mordida, y el de la ya mítica manzana de Apple, quedó eclipsado por las supuestas irregularidades cometidas por la compañía.

El debate, no obstante, está servido. ¿Cuál es la línea que diferencia una copia de la inspiración? Lo primero, indica el director del Master in Business Innovation de Deusto Business School, Francisco González Bree, es definir el concepto de innovación: “El requisito mínimo es que el producto, proceso, método comercial u organizativo sea nuevo, o significativamente mejorado”. Es decir, siempre y cuando no haya una violación de las patentes o de los derechos de la propiedad intelectual o industrial, es posible mejorar los productos de la competencia, “añadiendo alguna novedad relevante para que sea considerada innovadora”. Este tipo de incorporaciones, prosigue González Bree, pueden incluir mejoras en especificaciones técnicas, en los componentes o, por ejemplo, en el software.

Cabe diferenciar, eso sí, entre plagio y copia, apunta la profesora de Derecho Privado y especialista en propiedad intelectual e industrial de la Universidad de Barcelona, Carmenchu Buganza. “Copiar significa reproducir o imitar un elemento existente; es decir, la copia supone siempre una repetición, un uso de algo previo. En estos casos, el derecho faculta al titular a oponerse frente a cualquier uso o imitación del bien protegido, ya sea una marca, diseño o patente”. El plagio, sin embargo, va mucho más allá, ya que significa “copiar en lo sustancial una obra ajena, y además atribuirse su autoría, usurparla”, prosigue. “Lo primero es legal en ciertos casos; lo segundo, no”.

A pesar de esto, recuerda Buganza, hay un pequeño vacío en la jurisprudencia, ya que “las ideas y los conceptos no pueden ser propiedad de ninguna empresa. En el caso de Apple y Zetta, el primero puede alegar que la firma extremeña utilizó “un fruto con la misma tipografía y la misma mordedura, pero como el producto en sí no es el mismo, la intencionalidad tendría que demostrarse”, recalca. Y es que la innovación está basada en elementos que no son apropiables, “ya que constituyen el acervo cultural común y deben permanecer libres para estimular la creación”.

Precisamente por eso, y como la innovación o la copia pueden estar presentes en multitud de elementos, antes de lanzar cualquier producto al mercado “es importante hacer un informe de análisis de infracción de derechos del tercero”, explica María del Carmen Valiente, técnico en explotación de resultados y propiedad industrial del Instituto Tecnológico de Aragón. Porque, continúa, se puede copiar de forma consciente, pero también es muy frecuente que estas infracciones sean no intencionadas. “Normalmente una patente es un documento legal asociado a un pequeño elemento dentro de un todo. Por eso, hoy en día, un producto puede contar con diferentes patentes para cada una de las partes que contiene”.

Sin embargo, no se debe pasar por alto que hoy ya hay pocas patentes que correspondan a innovaciones totalmente rupturistas. “Es decir, la mayoría de estos documentos hacen referencia a mejoras o modificaciones de unos productos que ya están en el mercado, ya sean externos, como la imagen o el logo, o internos, como una tecnología o software concretos”, señala Valiente.

La empresa de móviles Zetta inspiró su logo en la manzana de Apple.
La empresa de móviles Zetta inspiró su logo en la manzana de Apple.

¿Es lícito copiar un producto?

La Ley de Competencia Desleal explica en su apartado 11, apunta Carmenchu Buganza, que la imitación de prestaciones e iniciativas empresariales o profesionales ajenas es libre. Eso sí, una organización que decida copiar un producto o servicio debe tener en cuenta ciertos aspectos.Por ley, está limitada la imitación o copia de las prestaciones cuando esta tenga como finalidad confundir o aprovecharse del esfuerzo ajeno, y cuando se utiliza de forma sistemática para impedir u obstaculizar la implementación en el mercado de un competidor.

Por ejemplo, ilustra Buganza refiriéndose al caso de Mahou y En Marea, “la ley protege más a las marcas notorias, ya que para estar registradas y ser conocidas, como puede ser el caso de la cervecera, han tenido que gastar mucho dinero y mucho esfuerzo”. Es esa reputación, construida poco a poco en el tiempo, la que le otorga cierta ventaja respecto a una marca nueva, ya que puede interpretarse que la copia se ha llevado a cabo para confundir o aprovecharse del esfuerzo de la veterana. “Esto, no obstante, en este caso podría ser interpretado de forma diferente ya que, a priori, una formación política como En Marea no tiene como rival ni competidor a una gran marca cervecera”, comenta la profesora.

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