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La norma es compleja y requiere un alto desarrollo tecnológico, según el sector

El Banco de España retrasa a diciembre la circular de provisiones

Reloj de la fachada del Banco de España
Reloj de la fachada del Banco de España

Las entidades financieras han logrado que el Banco de España retrase hasta casi finales de año la entrada en vigor de la circular sobre el nuevo cálculo de provisiones. Su entrada en vigor estaba prevista para junio con efectos retroactivos. Su elevada complejidad y desarrollo tecnológico pusieron en alerta al sector, que pidió retrasar su aplicación, lo que ha sido considerado por el supervisor nacional.

El Banco de España ha decidido aceptar una de las principales quejas del sector en relación a la nueva circular sobre provisiones, que modifica la norma 4/2004. Las entidades financieras consideraban que su próxima entrada en vigor en junio de este año era una fecha muy precipitada para su aplicación. Más si se tiene en cuenta su elevada complejidad y el necesario desarrollo tecnológico que haya que poner en marcha, según aseguran todas las fuentes consultadas. Ante estas quejas, el supervisor ha decidido retrasar hasta el último trimestre del año la entrada en vigor de esta nueva circular cuyo proyecto se sometió a consulta pública el pasado 22 de enero hasta el 19 de febrero.

La nueva circular supone un giro de 180 grados sobre la metodología actual del sistema de cálculo de las provisiones de la banca en España, para adaptarse a las normas internacionales de Información Financiera adoptadas por los reglamentos de la Unión Europea dos años antes de que se aplique en el resto de Europa. Lo que hace ahora el Banco de España con esta circular es introducir un periodo transitorio de dos años.

Algunas fuentes financieras aseguran que la nueva norma tendrá un efecto negativo en algunas entidades, aunque en general, el impacto será muy similar a los cálculos actuales realizados por los bancos, ya que lo que se modifica es la metodología, por lo que no necesitarán más provisiones. Otras fuentes son más prudentes. Un importante ejecutivo de un banco asegura que “el proyecto es tan complejo, que es difícil asegurar en estos momentos el impacto, pero todo indica que no será un tema baladí para el sector, y sobre todo para algunos bancos”. Otro ejecutivo afirma que para su aplicación “son necesarios importantes desarrollos tecnológicos y nuevas soluciones para su correcta implementación, razón por la que se ha pedido más tiempo”. El Banco de España resta importancia a estas quejas y los efectos de la nueva circular, aunque ha decidido ampliar el plazo para su entrada en vigor, reconocen fuentes financieras.

La circular ahora en redacción tras la presentación de alegaciones de los bancos, supone un cambio radical en la metodología para el cálculo de las provisiones. Entre ellos destacan: el régimen de gobernanza, la concesión de operaciones y modificaciones de condiciones, la clasificación de operaciones en función del riesgo de crédito, la cobertura por riesgos de crédito, la estimación de coberturas, las garantías y tasaciones y los adjudicados.

De esta forma, se vinculan las responsabilidades del consejo de administración de los bancos a las políticas de gestión del riesgo de crédito, que cubren la aprobación de políticas, metodologías y procedimientos. La norma establece que el consejo deberá tener un conocimiento actualizado de la información relevante sobre el riesgo de créditos asumido por la entidad, conocimiento de los supuestos de las metodologías, sus limitaciones, la base de datos que las sustentan y su impacto en las cifras de cobertura resultantes. Los consejeros deben ser conscientes con el apetito al riesgo de la entidad, y aprobar las políticas y procedimientos sobre la valoración de las garantías reales.

Hasta ahora el papel del consejo en la política de riesgos de un banco no era tan estricto, señalan varias fuentes financieras.

La publicación de la nueva circular está previsto para finales del próximo mes de abril. El Banco de España considera que la nueva circular no es urgente, de ahí que se reste también importancia a su retraso, explican fuentes financieras. El objetivo del supervisor es que las entidades apliquen los nuevos criterios contables de forma retroactiva e informar de su impacto en las cuentas anuales individuales y consolidadas de 2016, lo que significa llevarlo contra reservas en el primer ejercicio de su entrada en vigor, según aseguran varios expertos.

Análisis ad hoc en operaciones dudosas

Las grandes operaciones crediticias dudosas serán objeto de un análisis ad hoc, con un calendario específico de provisiones para cada uno, según se explica en la nueva circular. Para determinar que créditos serían considerados significativos y por lo tanto estarían sujetos en caso de morosidad a este análisis ad hoc cada entidad debe fijar un umbral en su política de contabilización. La circular da un umbral de referencia, operaciones de más de 3 millones de euros o que supongan un 5% de los recursos propios de la entidad. Con esta circular el Banco de España se acerca a la norma internacional actualmente en vigor IAS 39. La norma, dentro de la clasificación de las operaciones en función del riesgo de crédito por insolvencia, establece la desaparición de la categoría de subestándar (con riesgo de entrar en mora). En su lugar, se incluye una nueva subcategoría de riesgos, “en vigilancia especial”, que incluye las operaciones que presentan debilidades en su solvencia, pero sin plantear dudas sobre su reembolso. Las operaciones reestructuradas o refinanciadas e identificadas como “en periodo de prueba”.

Un 18% del crédito en mora se escapa

Los sistemas de alertas tradicionales de medición de riesgos y provisiones hasta ahora “no son tan efectivos como cabría esperar, ya que se disparan en torno a variables de mucho peso que, por sí solas, ya evidencian que se produce un importante incremento del riesgo”, exponen desde AIS Group, firma de servicios al sector financiero especializada en el estudio de riesgo crediticio. La firma señala que “al emplear un modelo tradicional de alertas, el 18% de las operaciones en las que se producía un cambio significativo del riesgo no fueron detectadas”. Es decir, habría que haber subido las provisiones de esas operaciones.

Más venta de activos improductivos

Un informe de los analistas de Bankinter asegura que el nuevo criterio de provisiones “pondrá aún más de manifiesto las diferencias existentes en el mix de las diferentes carteras de crédito así como la calidad de las mismas”. Las entidades con ratios de morosidad más bajos no deberían verse perjudicadas por el nuevo cambio contable. Bankinter estima que los bancos con más mora como Popular (del 12,86%), Bankia (del 10,8%) y Liberbank (en el 10%) se verán negativamente afectadas. Para mitigar el esfuerzo en provisiones, las entidades pondrán en marcha nuevos planes de venta de activos improductivos.

Adjudicados con quitas para su venta

Para los activos adjudicados la nueva circular señala que en el momento de pasar a propiedad del banco el valor de la garantía debe actualizarse, siendo el valor de reconocimiento el menor importen entre el valor en libros y el valor de tasación ajustado. Así, deben desarrollarse metodologías internas para la estimación del ajuste por caída del valor en el momento de la venta y sus costes de venta: en caso de no haberse desarrollado se aplicará un haircut (quitas entre el 30% y el 60%). Seguirá aplicándose el Real Decreto 2/2012 (Guindos I) para financiaciones y adjudicados existentes a finales de 2011.

Liberación de coberturas

La circular permite la liberación de coberturas de activos financieros aplicados, siempre y cuando la experiencia de ventas apoya la capacidad de realizar el adjudicado al valor de tasación ajustado. O cuando la entidad siga una política de ventas activa, con elevada rotación de inventario de adjudicados similares y un periodo de permanencia en balance inferior a un año. También se permite la reversión del deterioro acumulado desde el reconocimiento inicial.

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