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Elena Grande Pérez , directora jurídica de Dvuelta

“La Ley de Contrato de Seguro no cuida al consumidor”

Pregunta. ¿Son muy guerreros los españoles a la hora de reclamar a las compañías sobre los seguros de coches?

Respuesta. Sí, en España, a diario se producen multitud de reclamaciones debido a que en muchas ocasiones el lenguaje utilizado es demasiado técnico, lo que hace que no entendamos el significado de las limitaciones de las coberturas que recoge el contrato. Muchas veces no prestamos atención a los plazos de renovación y cuando queremos anular la póliza ya se ha renovado automáticamente. Esto es motivo de muchos conflictos al igual que cuando la compañía da de baja un seguro por alta siniestralidad.

P. ¿Cuál es la asignatura pendiente de las compañías para ser más transparentes?

R. Es necesario un cambio en la ley con el fin de que se adopten una serie de medidas para mejorar la comunicación con los clientes. Por poner algún ejemplo, en España solo el 4% de los asegurados recibe la carta de renovación con tiempo suficiente para cancelar el seguro. La Ley de Contrato de Seguro no cuida suficientemente al consumidor y deja en manos de las compañías la información.

P. ¿Qué tiene de malo esta ley y qué tendría que incorporar?

La renovación de la póliza es motivo de muchas reclamaciones contra las aseguradoras”

R. No garantiza que los avisos a los consumidores lleguen a tiempo, no obliga a las compañías a que faciliten la información suficiente, permite que los plazos de cancelación sean desproporcionados (dos meses) en función de las gestiones que tiene que realizar la compañía para la cancelación. Todo esto es un obstáculo para la competencia e impide a los asegurados tener información suficiente para tomar una decisión y buscar otras ofertas en el mercado, teniendo en cuenta que a veces cambiar de compañía puede ahorrar de media unos 120 euros en la prima.

P. ¿Cuáles son las recomendaciones antes de contratar un seguro de autos?

R. Lo primero es hacer una buena comparativa entre diferentes compañías para escoger el que mejor se adecúe a nuestras necesidades. Una vez decidido, hay que leer el contrato con detenimiento, porque recoge todos lo servicios contratados y las circunstancias bajo las que se puede acceder o no a ellos. Es en las condiciones particulares y las generales donde aparecen las cláusulas limitativas y los riesgos excluidos. Para entendernos, la llamada letra pequeña.

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