Cómo dar de alta un centro de trabajo

Las pymes y autónomos que deseen abrir un negocio deberán seguir una serie de trámites que te explicamos en el siguiente artículo

Cómo dar de alta un centro de trabajo

Para convertirse en autónomo o pyme, y poner en funcionamiento un negocio, es preciso abrir una oficina o centro de trabajo que será el que nos sirva para realizar la tarea profesional. Para ello hay que seguir una serie de pasos que te detallamos a continuación.

Una vez que se lleven a cabo los distintos trámites previos de carácter mercantil, civil, financiero o fiscal se debe comunicar la apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente, así como la reanudación después de un parón o los cambios de cierta relevancia. La obligación de hacer este trámite recaerá en el empresario.

Para comunicar la apertura se debe hacer con carácter previo o durante los siguientes treinta días a la apertura de la oficina o la reanudación de la actividad después de realizar alguna modificación o ampliación. Cuando se comunique esta información se debe acompañar con un ejemplar del modelo oficial, en donde aparecerán los siguientes datos:

Datos de la compañía:

- Nombre o razón social, domicilio, municipio, provincia, teléfono, código postal y dirección de correo electrónico.

- Identificación o código de identificación fiscal. En el caso de los extranjeros se solicitará el pasaporte o documento correspondiente.

- Aclarar si la empresa es de nueva creación o ya existía con anterioridad.

- Actividad económica a la que se dedica.

- Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Datos del centro de trabajo:

- Nombre, domicilio, municipio, provincia, código postal y teléfono. Es preciso que aparezca recogido de una manera clara y concreta la localización exacta del centro de trabajo.

- Número de inscripción en la Seguridad Social, clase de centro, el motivo de la comunicación y la fecha en que se comienza la actividad.

- Actividad económica.

- Número total de trabajadores que hay en el centro de trabajo, distribuido por sexo.

- Modalidad de la organización preventiva.

- Superficie construida en metros cuadrados.

Datos de producción y almacenamiento del centro de trabajo:

- La potencia eléctrica instalada.

- Especificar la maquinaria y los aparatos que hay instalados.

- En el caso de realizar actividades recogidas en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como la especificación de trabajo, operaciones y agentes que se incluyan en dicho anexo.

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