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La entidad transmite en sus oficinas un mensaje de calma

El largo camino judicial para aclarar el caso Bankia

Sede de Bankia, en Madrid.
Sede de Bankia, en Madrid.Pablo Monge.
Juande Portillo

El demoledor informe de los peritos del Banco de España denunciando numerosas irregularidades en la contabilidad de Bankia y en la información pública que se ofreció en su salida a Bolsa puede suponer un vuelco en la investigación sobre la debacle de la entidad.

Las irregularidades detectadas dan armas a los accionistas particulares que vienen denunciando a la firma y podrían enviar a la cárcel a algunas de las personas que han tenido cargos de responsabilidad. Pero, ¿qué pasará exactamente?

Pregunta: ¿Qué importancia tiene el informe de los peritos del Banco de España en la causa?

Respuesta: Los expertos en Derecho explican que todas las partes de un proceso pueden pedir peritajes como prueba. En este caso es el juez quien la pide para dilucidar qué pasó realmente sin recibir valoraciones sesgadas. El juez Fernando Andreu acudió en este caso al Banco de España, que le cedió a dos de sus inspectores para que ejerzan de peritos judiciales independientes. “Ellos emiten una opinión, que no va a misa, pero es cualificada y se le presupone un plus de objetividad frente a la del perito de una de las partes”, explican en el bufete Cremades y Calvo Sotelo, donde creen que el informe es clave para cerrar la instrucción.

P. ¿Qué ocurrirá a partir de ahora?

R. “Lo normal es que el documento se incorpore a los autos y las partes hagan alegaciones, presentando escritos y otros informes”, avanza Gonzalo Jiménez-Blanco, socio del bufete Ashurst. De hecho, los peritos del Banco de España deberán ratificar su informe ante el juez entre el 13 y el 16 de enero y someterse al interrogatorio de las partes. “De ahí a que se abra juicio oral y se sienten los responsables en el banquillo pasarán uno o dos años”, estima el abogado.

P. ¿Qué sucederá si el contenido del informe queda demostrado?

R. “De darse por cierto el informe ya en la Sala, y si no se consideran meras inexactitudes sin relevancia penal, podríamos ver condenas por diversos delitos: falsedad contable, recogido en el artículo 290 del Código Penal, que conlleva penas de prisión de uno a tres años; o falsedad en folletos de emisión, el artículo 282 bis, penado con de uno a seis años de cárcel”, exponen en Ashurst.

P. ¿Habría que indemnizar a los accionistas de la entidad si se demuestra el fraude?

R. “Sin ninguna duda”, alegan desde Cremades, explicando que habría dos vías: o se deshace el negocio, anulando la salida a Bolsa y devolviendo el dinero, o se plantean indemnizaciones para los afectados.

P. ¿Quién tendría que pagar estas compensaciones?

R. No falta quien plantea que la matriz BFA podría devolver los 3.092 millones de euros captados en la salida a Bolsa con su exceso de liquidez, ni quien apunta que el FROB podría tener responsabilidad subsidiaria, pero la mayoría de abogados consultados no duda en defender que es Bankia, la entidad que protagonizó la salida a Bolsa con información aparentemente falsa, quien debería afrontar las indemnizaciones o reembolsos que procedan.

P. ¿Qué alega Bankia ante esta posibilidad?

R. El presidente de Bankia convocó a la alta dirección de la entidad a las ocho de la mañana del viernes para trasladarles que la entidad no corre ningún riesgo. Tras la cita, en las sucursales de la nacionalizada comenzó a circular el siguiente argumentario con el objetivo de lanzar un mensaje de calma: “Bankia tiene capacidad financiera para afrontar esta situación”. Es más, a la clientela se le garantizó que si el informe “generara algún problema relacionado con la salida a Bolsa, Bankia lo afrontaría con la misma claridad y profesionalidad con la que ha actuado hasta ahora”.

P. ¿Cuánto tardaría en llegar el pago a los afectados?

R. Habrá que esperar a que concluya el actual procedimiento penal (que trata de depurar la responsabilidad de los gestores), antes de iniciar demandas civiles para que los afectados recuperen su dinero, explican en la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC).

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