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Admite el recurso del Gobierno y paraliza la norma cinco meses

El Tribunal Constitucional suspende el decreto andaluz contra los desahucios

La iniciativa de la Junta permite expropiar inmuebles y sancionar los pisos vacíos

Intento desahucio en Villaverde (Madrid).(DVD 621)
Intento desahucio en Villaverde (Madrid).(DVD 621)EL PAÍS

Tres meses después de su entrada en vigor, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido hoy de forma cautelar el decreto andaluz sobre desahucios, que autoriza la expropiación temporal de inmuebles, para el realojo de familias que vayan a ser desahuciadas, así como multas de hasta 9.000 euros sobre pisos vacíos de entidades financieras, sus filiales inmobiliarias o de Sareb.

La suspensión ha sido adoptada por el Alto Tribunal tras admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado contra esta medida por el Gobierno central, lo que conlleva la paralización de la norma durante un periodo de cinco meses, hasta dilucidar su legitimidad.

Desde que el decreto de la función pública de la vivienda entrara en vigor el 12 de abril, la Junta de Andalucía ha iniciado los expedientes de expropiación temporal de una docena de viviendas de la banca para realojar a familias en riesgo de exclusión social.

Entre otras, la norma ha permitido mantener en sus hogares a cuatro familias de Málaga, dos de Granada, dos de Huelva y uno de Sevilla y de Cádiz, según ha informado la propia Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta

Bruselas lo considera un peligro para Sareb

El polémico decreto ha sido uno de los protagonistas del informe sobre el rescate a la banca española que han hecho público la Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE). Su informe, advertía que el decreto andaluz “tiene implicaciones potencialmente negativas para la actividad del Sareb”.

De hecho, el documento incluía una estimación del impacto directo que podría tener la norma para la sociedad de gestión de activos procedentes de la reestructuración bancaria, en forma de multas, e indirecto por la desconfianza que puede suponer para sus potenciales inversores.

Teniendo en cuenta que el 10% de las 55.000 viviendas terminadas con que cuenta el banco malo están concentradas en Andalucía, el impacto económico podría ascender a unos 200 millones de euros, en concepto de sanciones por el mantenimiento de pisos vacíos.

El recurso del Gobierno

La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, ya había adelantado que el Gobierno entiende que la norma andaluza “afecta al contenido esencial del derecho a la propiedad de la vivienda, que es una norma reservada a las Cortes Generales, establece una responsabilidad sancionadora al margen del principio de culpabilidad que viene exigido por la Constitución y establece una regulación contraria al principio igualdad”.

En el mismo sentido, detalló que “en la regulación de los derechos por ella afectados es necesario que exista una norma de carácter general y estatal para garantizar la igualdad” e indicó que “además de los razonamientos que ha manifestado la Unión Europea y su preocupación por la norma”, el Gobierno ha analizado el respeto a la normativa constitucional. “Ese es el único fundamento que sirve para un recurso de inconstitucionalidad”, añadió.

Desde la Junta de Andalucía vienen defendiendo la constitucionalidad de una norma que, según palabras de la Consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, tiene “legalidad jurídica plena” y un “respeto escrupuloso al Estatuto de Autonomía andaluz y la Constitución español”.

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