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Por su nueva política unificada de privacidad

Protección de Datos abre un procedimiento sancionador a Google en España

La investigación de la AEPD constata la existencia de indicios de seis infracciones de la LOPD Cinco sancionables con multas de 40.001 a 300.000 euros

Fotografía de archivo tomada el 11 de enero de 2013 que muestra el logotipo de Google en las oficinas de la compañía en Mountain View (Estados Unidos).
Fotografía de archivo tomada el 11 de enero de 2013 que muestra el logotipo de Google en las oficinas de la compañía en Mountain View (Estados Unidos).Efe

El cerco de las Autoridades de Protección de Datos Europeas sobre Google se estrecha. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) anunció ayer que ha abierto un expediente sancionador contra la multinacional por su política de privacidad. El inicio de este procedimiento se produce, explicó el organismo, tras finalizar las investigaciones previas realizadas por la agencia “que han permitido constatar la existencia de varios indicios de infracción” de la normativa española sobre protección de datos.

Según la AEPD, este procedimiento imputa a Google Spain y Google Inc la presunta comisión de cinco infracciones graves de la LOPD, sancionables con multas de 40.001 a 300.000 euros, y de otra infracción leve, sancionable con multas de 900 a 40.001 euros.

Entre los indicios de infracción constatados, la Agencia española de Protección de Datos apuntó la falta de información clara sobre el uso que va a hacer Google de los datos que recoge; la ausencia de finalidades específicas para varios servicios; el tratamiento desproporcionado de los datos de los usuarios o la conservación de datos por tiempo indeterminado o injustificado.

La AEPD, que ya remitió el pasado abril una carta a Larry Page, consejero delegado de Google, y a los responsables de Google Spain, en la que les comunicaba la apertura de actuaciones previas de investigación, recordó ayer que este expediente sancionador llega después de que la multinacional modificara su política de privacidad y las condiciones de uso de la mayoría de sus servicios en marzo de 2012. Desde esa fecha, la compañía ofrece una sola política de privacidad frente a las más de 60 que tenía hasta entonces en función de sus distintos servicios (Google+. Gmail, Youtube, etcétera).

El pasado octubre, las autoridades de los 27 Estados de la UE enviaron a la compañía un documento con recomendaciones que le indicaban cómo cumplir la legislación europea, concediendo un plazo para ello. Según la AEPD, Google no ha ofrecido una respuesta satisfactoria, lo que ha llevado a las diferentes Autoridades Europeas de Protección de Datos a acordar que las agencias nacionales adoptarían medidas concretas en función de su legislación y de acuerdo con sus poderes y competencias.

Google defiende su política

Google defendió ayer que su política de privacidad “respeta la legislación europea” y mostró su compromiso para colaborar con las autoridades europeas de protección de datos. “Nuestra política de privacidad respeta la legislación europea y nos permite crear servicios más simples y más eficaces. Nos hemos comprometido plenamente con las autoridades involucradas en este proceso, y vamos a seguir haciéndolo en el futuro”, indicaron fuentes de la compañía.

Con todo, parece claro que las Autoridades Europeas de Protección de Datos no tienen la misma visión de la jugada porque ayer en Francia la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) también remitió una notificación a Google en la que manifiesta irregularidades similares a las señaladas por la AEPD. El organismo dio a la compañía un plazo de tres meses para adaptar su política de privacidad a la legislación francesa, anunciando la apertura de un procedimiento sancionador en caso de incumplimiento.

Según la CNIL, Google tendrá que definir finalidades explícitas con el fin de que los usuarios puedan saber en concreto el trato que podrán tener sus datos personales. Igualmente, la compañía deberá precisar durante cuánto tiempo conserva esos datos, que en cualquier caso deberá ser un período que no exceda el necesario para las finalidades para las que se hayan obtenido.

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