_
_
_
_
_
Detecta 22 incumplimientos de acuerdo al informe de la Comisión de Híbridos

La CNMV abre expediente por el escándalo de las preferentes al 70% de los bancos

Las preferentes y los bonos subordinados afectados suman 6.212 millones de euros Gran número de clientes no aptos las contrataron

La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez.
La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez. Efe

La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, dará cuenta hoy de la marcha de la Comisión para el Seguimiento de instrumentos Híbridos y hará público el primer informe sobre la materia, una vez transcurrido un mes desde la creación de la comisión.

El documento, que puede consultarse en CincoDías.com, revela que hubo 6.212 millones de euros en preferentes y deuda subordinada con algún tipo de incumplimiento de la normativa vigente, según las actuaciones supervisoras concluidas y las que están en marcha. Así, nueve de los 13 actuales grupos financieros “según su configuración actual” han sido o serán expedientados. El número de entidades es más elevado, “dado que en la mayor parte de los grupos son varias las entidades afectadas por los expedientes sancionadores”.

El mapa bancario ha quedado reducido a Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Popular, Sabadell, Bankinter, BMN, Unicaja junto a Ceiss, Liberbank, Ibercaja con Caja3, Novagalicia y Catalunya Banc. También hay un elevado número de cooperativas de crédito pero con unos activos que suponen tan solo en torno al 4% del total.

Los más de 6.000 millones en los que la CNMV ha detectado algún tipo de infracción suponen en cualquier caso una pequeña parte del importe en preferentes comercializado entre 2008 y 2012, que ascendió a 47.258 millones de euros.

Las actuaciones disciplinarias se refieren a un total de 22 incumplimientos relativos a cuatro cuestiones. Primera, la colocación “sin valorar la conveniencia”. Segundo, la incorrecta valoración de la conveniencia o idoneidad del producto para el cliente. Tercera, la inadecuada gestión de conflictos de interés. Y, cuarta, a la inadecuada información.

El informe de la comisión destaca “que la finalidad de los expedientes sancionadores es fundamentalmente conseguir disciplina de mercado, de manera que las malas prácticas no se reiteren en el futuro”. “Se carece de capacidad legal para obligar a las entidades supervisadas a compensar los daños eventualmente producidos por una deficiente comercialización, algo que según nuestro sistema jurídico solo pueden hacer los tribunales ordinarios de justicia”, explica el documento.

La CNMV advierte que, por lo que se refiere el cumplimiento de información a la clientela la conclusión es que, salvo casos puntuales, las entidades acreditan el cumplimiento de la normativa vigente. El supervisor reconoce que carece de elementos probatorios que permitan comprobar lo realmente ocurrido ante testimonios de clientes y documentos firmados que sean discrepantes.

No obstante, la Comisión de Seguimiento de Híbridos ha establecido una serie de criterios para que los arbitrajes sean justos en los casos en los que los papeles no concuerden con lo que dicen los afectados. Así, se revisarán las respuestas del test de conveniencia y también se evaluará la falta de experiencia inversora previa del cliente. Es decir, un ahorrador que siempre ha tenido el dinero en depósitos y de repente suscribe una emisión de preferentes tiene, de entrada, las de ganar.

'No convenientes' que las compraron

Una de las conclusiones más relevantes del informe de la Comisión de Seguimiento de Híbridos es que, a la luz de los trabajos de supervisión señalados, “llama la atención que en determinadas entidades el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era ‘no conveniente’ fue muy elevado. “Esta circunstancia puso de manifiesto la necesidad de reforzar la normativa en los relativo al consentimiento informado de los clientes”, señala.

El documento resalta además que el porcentaje de clientes a los que las entidades reconocen haber recomendado de manera personalizada la contratación de estos productos es “absolutamente marginal”.

El asunto está, destaca el informe, en que las obligaciones son más estrictas cuando la entidad recomienda de manera personalizada la contratación de un producto (aunque sea implícitamente), ya que al estar prestando el servicio de asesoramiento debe asegurarse de que el producto encaja perfectamente en el perfil del cliente.

Más información

Archivado En

_
_