_
_
_
_
_
El Tribunal de la UE considera abusivo el modelo español

El Gobierno dará poderes al juez para frenar cautelarmente un desahucio

El Gobierno se da una semana más para presentar enmiendas a la reforma hipotecaria. La intención es dar poderes al juez para que suspenda cautelarmente un embargo. El cambio permitiría cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.

Manifestación en contra de los desahucios.  EFE/Archivo
Manifestación en contra de los desahucios. EFE/ArchivoEFE

La historia inmobiliaria de España giraba hasta ahora en torno a nombres como los de José Luis Arrese, José María Aznar o Martinsa-Fadesa. Pero desde ayer la crónica de un sector tan ligado a la actividad económica de todo el país no se podrá escribir sin citar a Mohamed Aziz, José María Fernández Seijo, Juliane Kokott o la Plataforma de Afectados por la Hipoteca. Cuatro figuras que, cada una desde una posición muy distinta, han logrado desencadenar un cambio histórico en la regulación de una deuda hipotecaria equivalente a más del 60% del PIB nacional.

Esa regulación resulta incompatible con la normativa europea en tanto en cuanto no permite una revisión judicial previa de la ejecución de una hipoteca, tal y como apuntó el pasado mes de noviembre Juliane Kokott, Abogado General del Tribunal de la UE, en un dictamen preliminar que ha servido de base para la sentencia dictada ayer.

El veredicto concluye que la legislación española solo ofrece al cliente desahuciado una protección judicial a posteriori. Pero los jueces comunitarios consideran que no es suficiente porque ni siquiera una indemnización podría compensar “el daño sufrido por la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda”.

La UE tuvo 20 años para expedientar a España

La Comisión Europea abre cada año decenas de expedientes contra los miembros de la UE, incluida España, por no respetar las directivas comunitarias o por no incorporarlas siquiera a su legislación nacional. Pero en 20 años, a Bruselas nunca le llamó la atención que la normativa hipotecaria española incumpliera la directiva sobre cláusulas abusivas aprobada en 1993. Si no hubiera sido por la consulta prejudicial de un juzgado de Barcelona, el Tribunal de la UE no hubiera descubierto la infracción cometida por España. La Comisión Europea aseguró ayer que está estudiando detenidamente la sentencia y que verificará que la legislación española se adapta a la europea. Pero sorprende que durante dos décadas no hubiera llevado a cabo esa verificación, sobre todo, tras el clamor de protesta popular en España durante los últimos cuatro años.

La pasividad de Bruselas en una materia tan sensible para el sector financiero contrasta con su activismo en otras áreas. Solo en 2011, Bruselas inició 1.271 investigaciones de oficio por presuntas infracciones a la legislación de la UE. Y a finales de ese año, según el informe publicado el pasado mes de noviembre, había casi 2.000 expedientes de infracción abiertos, con España en el cuarto lugar en el ranking de país más infractor. Solo en lo que va de año, Bruselas ya ha abierto o avanzado en seis expedientes contra España, en temas como el reparto de turnos de vuelo en los aeropuertos o el incumplimiento por parte de la Guardia Civil de la directiva sobre tiempo de trabajo.

La Comisión Europea, que durante 20 años no se había percatado de la incompatibilidad de la legislación española con una directiva aprobada en 1993, calificó ayer como “muy positiva” la sentencia y aseguró que “demuestra que la UE dispone de normas que protegen al consumidor”. Bruselas añadió que, en breve, “estableceremos contacto con las autoridades españolas” para verificar que se cumple la norma europea.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que se encontraba ayer precisamente en Bruselas para asistir a la primera jornada de la cumbre europea de primavera, aseguró que reformará la ley española para corregir los puntos cuestionados por la sentencia. “Me dicen que hay algunos problemas de procedimiento que intentaremos subsanar, es una ley que data ya de hace muchos años”, reflexionó el presidente, para asegurar que se aprovechará la reforma hipotecaria que tramita actualmente el Congreso para “mejorar esta situación”.

Fuentes cercanas al Ministerio de Economía adelantaban que el primer paso dado en este sentido será ampliar en una semana el plazo para presentar enmiendas al proyecto de ley, que en teoría habría culminado hoy mismo. De esta forma se busca dar tiempo a los departamentos jurídicos del Ejecutivo para diseñar los cambios legislativos necesarios para dar a los jueces la capacidad de suspender cautelarmente un proceso de ejecución hipotecaria si el afectado denuncia ser presa de una cláusula abusiva en su hipoteca.

El impacto de la sentencia fue valorado muy positivamente por el colectivo de los jueces, que fue uno de los primeros en atacar la legislación de desahucios en España. Fue, de hecho, uno de ellos, el titular del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, quien motivo la sentencia de ayer al trasladar al Tribunal Europeo una cuestión prejudicial planteando si el caso que juzgaba no vulneraba los derechos del deudor. Se trataba del desahucio de Mohamed Aziz de su vivienda y la reclamación de toda la deuda hipotecaria por parte de Catalunya Banc. Ayer, Fernández Seijo consideró que la sentencia es “un punto de partida” para la reforma hipotecaria que debe obligar al Gobierno a emprender “cambios importantes en la legislación”, y facilitar que los bancos lleguen a acuerdos con los afectados evitando que los casos lleguen a juicio.

La banca, sin embargo, trató de restar importancia al calado de la sentencia. Mientras la Asociación Española de Banca (AEB) se limitó a calificarlo como un fallo “razonable y constructivo”, que habrá que cumplir “en esta misma línea”, la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) habló de una “nueva aportación en el perfeccionamiento” del modelo jurídico hipotecario. La Asociación Hipotecaria Española (AHE), a su vez, consideró que “dotar al deudor de más posibilidades de oposición en el procedimiento de ejecución hipotecaria –como pueda ser el considerar que alguna cláusula es abusiva– que supongan una suspensión cautelar y temporal del proceso, debería ser perfectamente asumible por nuestro ordenamiento jurídico” pero advirtió que la sentencia no debe ser excusa para tachar de abusivo el conjunto del modelo, para generalizar el impago de hipotecas o para abrir la puerta a reformas experimentales.

Aunque la que prepara el Gobierno incluye otras medidas, como límites a los intereses de demora o procedimientos extrajudiciales, la gran línea roja del sector sigue siendo la dación en pago. Una vía que sí podrían contemplar los eurodiputados, que en mayo votarán una directiva sobre la normativa hipotecaria, según adelantaron ayer desde el Parlamento Europeo recordando que llevan “meses siguiendo muy de cerca el drama de los desahucios en España”. De momento, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) calificó de “victoria” el dictamen del Tribunal Europeo. Una victoria que aspiran a ampliar en la tramitación de la Iniciativa Legislativa Popular contra los desahucios que correrá en paralelo a la del Gobierno.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_