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Nueva batalla energética

La CNE resuelve que el pacto no requiere autorización previa

La comisión pone fin a un duro proceso durante el cual Repsol ha insistido en que es un grupo regulado.

En medio de fuertes fricciones, y tras un duro proceso que duraba ya más de una semana, el consejo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), acordó ayer desestimar la solicitud presentada hace un mes por Repsol para que requiriese a Pemex una solicitud de autorización para el incremento de su participación en Repsol del 4,8% al 9,8%.

El rechazo salió adelante por cuatro votos a favor (los del presidente, Alberto Lafuente y los consejeros Tomás Gómez, Teresa Baquedano y Marina Serrano, todos ellos nombrados a propuesta del PSOE); dos en contra (Josep María Guinart, por CiU, e Idoia Zenarruzabeitia, por el PNV), que harán votos particulares, y una abstención, la de Joan Batalla (propuesto por el PSC).

En una nota de prensa remitida por el regulador, este considera que para haber podido aplicar la función 14, que es la que le otorga la potestad de autorizar ciertas operaciones corporativas, habría sido necesario que la compañía adquirida desarrollase, por sí o por medio de otras que pertenezcan a su grupo, actividades reguladas.

Atendiendo a los criterios seguidos en casos similares, la CNE ha concluido que en el caso de Repsol no es de aplicación la función 14. Ello, a pesar de que la petrolera ha alegado que ostenta una posición de control en Gas Natural Fenosa, que sí es una compañía regulada, pues, en opinión del regulador energético, no son actividades "imputables como propias" a Repsol. En sentido estricto, señala, ambas empresas no forman parte del mismo grupo empresarial. Repsol y la Caixa mantienen un pacto de control conjunto de Gas Natural por el 68% de su capital.

La norma exige, según la comisión, "una relación de dependencia específica y especialmente cualificada". Un requisito que debe interpretarse como hasta ahora según la legislación mercantil (artículo 42 del Código de Comercio) y no según otro concepto de grupo (tal como solicitaba Repsol en sus alegaciones).

En cuanto a Gas Natural Fenosa, la CNE recuerda que "una eventual adquisición directa de participaciones" estará "indiscutiblemente" sometida a la aplicación de la función 14: o comunicación (caso de empresas comunitarias) o autorización (extracomunitarias)

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