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La compañía deberá pagar 5 millones

El Supremo rechaza un recurso de Repsol por una multa de Competencia

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que presentó la petrolera Repsol contra la decisión de la Audiencia Nacional de no suspender cautelarmente la ejecución de la multa de 5 millones de euros que le impuso en 2009 la Comisión Nacional de Competencia (CNC) por prácticas anticompetitivas.

En un auto al que ha tenido hoy acceso EFE, la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal considera "prevalente el interés público del mantenimiento de un mercado competitivo sobre los perjuicios aducidos por la sociedad recurrente", en este caso Repsol.

Por ello desestiman todos los motivos formulados y el recurso de casación interpuesto por Repsol sobre la pieza de cautelares relacionada con el recurso contencioso-administrativo que presentó contra la decisión de Competencia la petrolera española.

El organismo regulador de la competencia sancionó el 30 de junio de 2009 a las compañías energéticas Repsol, Cepsa y BP Oil España con una multa de 7,9 millones de euros en total por haber fijado indirectamente a empresarios independientes que operaban bajo su bandera el precio de venta al público.

A juicio de la CNC, las tres compañías habían efectuado estas prácticas prohibidas mediante el uso de diversas cláusulas contractuales y en las relaciones comerciales con sus titulares.

En el expediente elaborado por el organismo, el garante de la competencia solicitaba además a estas compañías que tomaran medidas para cesar estas prácticas.

La multa de Competencia se repartió en una sanción de 5 millones de euros para Repsol, 1,8 millones para Cepsa y 1,1 millones para BP.

Contra esta sanción, la petrolera que preside Antonio Brufau solicitó medidas cautelares dada la elevada cuantía de la multa.

En un auto de 22 de diciembre de 2009 y en otro del 26 de marzo de 2010, la Audiencia Nacional acordó sólo la suspensión parcial de la ejecución de la sanción de Competencia, una decisión que fue recurrida por Repsol y que finalmente ha sido desestimada.

Tras haberse desestimado los motivos aducidos por Repsol, la petrolera deberá correr con las costas del procedimiento.

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