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Publicaron en 2010 un informe con costes orientativos

Colegio y patronal de la ingeniería aconsejan precios a 300 empresas

Más de 300 ingenierías españolas y miles de profesionales llevan un año trabajando con una herramienta que ha empezado a crear inquietud en el sector, según distintas fuentes, por rayar con los límites de la libre competencia. Se trata de dos informes idénticos, firmados por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (CICCP) y por la patronal Tecniberia, sobre los costes de los ingenieros que redactan proyectos de obra civil. En sus páginas se señala el precio por trabajador, incluido el salario, los gastos y la aspiración a un beneficio del 6%.

Las ingenierías saben, a través del Colegio de Ingenieros que preside Edelmiro Rúa, y de la patronal Tecniberia, que encabeza José Luis González Vallvé, cuál es el precio por ingeniero, incluso por categorías, que deben cobrar a la Administración a la hora de realizar proyectos de obra civil si quieren obtener el 6% de beneficio industrial que permite la Ley de Contratos del Sector Público.

La guía orientativa en cuestión es un informe que el colegio publicó en enero de 2010 y que la asociación difundió con su firma en marzo del mismo año.

El documento fue repartido entre las más de 300 empresas englobadas en Tecniberia, donde se encuentran desde las mayores referencias del sector, con miles de empleados, hasta pymes. Por descontado, y a través del colegio, también ha estado al alcance de miles de ingenieros.

Entre los datos aportados se encuentra el precio medio de venta de los servicios de las ingenierías españolas, incluyéndose los salarios de las distintas categorías de profesionales, los gastos en que incurren cuando trabajan para un cliente, los gastos generales de la empresa (con la partida dedicada a I+D o el mantenimiento de las oficinas) y el beneficio industrial. Los estudios recomiendan que a la hora de calcular el coste de cada trabajador, de cara a contratos de obra civil, se sume la citada ganancia del 6%.

"Con los salarios brutos de mercado y los datos de estructura obtenidos en la encuesta realizada entre las empresas asociadas a Tecniberia se han calculado los costes directos de personal, los precios de venta y los precios de licitación razonables para asegurar un beneficio mínimo de un 6%", cita el texto.

Según distintas fuentes, tanto en el ámbito privado como en el de la Administración, que es la que contrata obra civil, se maneja la posibilidad de remitir los informes a la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) para que valore si se ha caído en la figura de la recomendación colectiva de precios. El hecho es que el Colegio de Ingenieros fue advertido por carta en noviembre de 2006 sobre la supresión de los tradicionales baremos orientativos de honorarios que han servido de medida durante años a abogados, arquitectos o a los citados ingenieros.

Esa misiva fue remitida por el director general de la CNC, Carlos Pascual Pons, al presidente del colegio, Edelmiro Rúa, aún en el cargo. Conocedor de esta normativa de la competencia que impulsó la Comisión Europea, Rúa advierte en el informe fechado en enero de 2010 que se trata de la extensión de un "cuaderno de orientación profesional" elaborado a partir de precios de mercado obtenidos por Tecniberia entre sus empresas asociadas.

"El trabajo no constituye una recomendación sobre precios unitarios de venta, sino tan solo una plasmación de los precios de mercado actuales, tal como demandaban conocer muchos colegiados", afirma Rúa en el estudio. Y añade que esa necesidad de información se debe a la desaparición de los honorarios orientativos: los colegiados "querían tener una herramienta de conocimiento sobre los costes de mercado". La versión de Tecniberia, ofrecida ayer, difiere al resaltar que el informe responde a un intento de educar a la Administración para que valore los servicios de ingeniería y licite proyectos con presupuestos que dejen margen de beneficio a las empresas.

Desde el CICCP se declaró ayer a este periódico que el informe se hizo de forma conjunta con Tecniberia y que se trataba de "poner en valor el trabajo de los ingenieros y no de recomendar salarios" ante las Administraciones que contratan obra civil, el Ministerio de Fomento la primera de ellas. Las mismas fuentes oficiales del Colegio de Ingenieros reconocen que no se consultó con la CNC la elaboración y publicación del estudio.

El hecho es que el organismo que preside Luis Berenguer persigue la citada fijación de baremos orientativos de honorarios y las recomendaciones colectivas de precios. El último ejemplo viene del pasado mes de abril, cuando abrió expediente al hotelero y ejecutivo de la CEOE Joan Gaspart por llamar, en unas declaraciones realizadas en la feria del turismo Fitur, a un encarecimiento de las reservas hoteleras.

En diciembre, el organismo también expedientó a ANIGP-TV y UPIFC Sindicat de la Imatge por "elaborar y publicar un tarifario mínimo" recomendado a los informadores gráficos.

Un estudio para poner en valor al sector

"La ingeniería española siempre ha considerado que sus servicios han estado insuficientemente pagados en comparación con el valor añadido que aportan a la inversión en infraestructuras", comentó ayer Tecniberia a CincoDías a través de un comunicado. Su explicación es que en los pliegos de los concursos de ingeniería "se aplica a los costes unitarios de los profesionales que intervienen un coeficiente multiplicador de gastos generales igual al que se aplica a las constructoras". Para Tecniberia, "es evidente que esto no debe ser así" por tratarse de actividades radicalmente distintas.Ante esta situación, el Colegio de Ingenieros hizo un primer informe sobre costes en la ingeniería en 2007, que se actualizó en 2010 y que Tecniberia hizo suyo. La patronal argumenta que se trataba de dar a conocer a la Administración "cuál es el método de obtención de los costes" de las empresas para que los pliegos sean realistas. Tecniberia defiende que difundió el estudio entre muy diversas Administraciones, además de entre sus asociadas.

Competencia

Recoveco legal-La Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, dice en su primer capítulo que se prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva que pueda impedir o falsear la competencia. Y en particular se refiere a la fijación, directa o indirecta, de precios.-En España, la Comisión Nacional de la Competencia asegura en un informe público que podrían interpretarse como principios de "proporcionalidad" y de "mínima distorsión" recomendaciones a las Administraciones públicas para una regulación de los mercados más eficiente y favorecedora de la competencia.

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