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Los cambios reforzaban el control de Nueva Rumasa sobre la empresa

Nueva Rumasa cambió los estatutos de Dhul un mes antes de entrar en concurso

La familia Ruiz-Mateos intentó, un mes antes del concurso de acreedores de Dhul, modificar los estatutos para reforzar el control sobre la compañía. Lo hizo modificando los estatutos en apartados relacionados con las juntas de accionistas y la transmisión de participaciones societarias.

Imagen de la planta de Dhul en Granada
Imagen de la planta de Dhul en GranadaEfe

La familia Ruiz-Mateos intentó a finales de enero una maniobra para reforzar su control sobre el grupo Dhul, la primera empresa del conglomerado empresarial Nueva Rumasa en solicitar el concurso voluntario de acreedores. Para ello, cambió varios artículos de sus estatutos sociales, entre otros, aspectos del régimen de transmisión de participaciones y la presidencia de las juntas.

La familia Ruiz-Mateos inscribió el pasado 19 de enero varios cambios en los estatutos sociales de Grupo Dhul. Un mes después, el 17 de febrero, la dueña de la compañía alimentaria de postres y platos preparados, anunciaba que entraría en situación preconcursal. Y el pasado 15 de marzo, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada declaró el concurso voluntario solicitado por Dhul.

Los cambios en los estatutos sociales afectan a cuatro artículos, referentes a la transmisión de participaciones de la sociedad y sobre la junta de socios, en concreto, la forma de convocatoria, la presidencia de la mesa de la junta general y la intervención de socios en dicha junta. La primera modificación se refiere a la "transmisión inter-vivos de participaciones", según la documentación depositada en el Registro Mercantil de Granada, en concreto, en quién decidiría en última instancia el valor de dichas participaciones.

Así, en caso de discrepancia en la fijación del valor, éste se decidirá "por auditor designado por el órgano de administración diferente al auditor de la sociedad, a solicitud de los interesados". En la anterior redacción de los estatutos, el valor se decidía "por el auditor de cuentas de la sociedad y en su defecto por el auditor designado por el Registro Mercantil". Es decir, se ha asegurado que será el consejo de administración de la sociedad, y no el Registro Mercantil quien, en última instancia decida en valor de las participaciones.

Aún así, el auto del juez mercantil que decretaba el concurso voluntario de acreedores de Grupo Dhul apartó a los Ruiz-Mateos de la gestión de la compañía. De esta forma, suspendía a la familia de las facultades de administración y disposición de su patrimonio y nombró administradores concursales. Es decir, a pesar de la voluntariedad del concurso, el juez apreció la concurrencia de "circunstancias" que "aconsejan" que el proceso se efectúe bajo un "control absoluto" de la administración concursal. Una decisión que la familia Ruiz-Mateos ha apelado en un intento de retomar el control de la sociedad y evitar que el futuro de Dhul quede exclusivamente en manos de los administradores.

En cuanto al resto de modificaciones realizadas en los estatutos de la sociedad granadina, la más relevante hace referencia a la convocatoria de la junta de la sociedad será convocada por el órgano de administración "y en su caso por los liquidadores de la sociedad", según reza en sus estatutos.

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