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Ruiz - Mateos renegocia con sus acreedores

Tres meses de tregua

Nueva Rumasa está en problemas. No tiene liquidez para afrontar sus obligaciones de pago, para intentar solucionarlo cuenta con un plazo de tres meses. Periodo que le concede el artículo 5.3 de la Ley Concursal al que se ha acogido Ruiz Mateos para aplazar, y según él evitar , el concurso de acreedores.

El clan Ruiz Mateos presentó ayer en diferentes juzgados la petición de acogerse al artículo 5.3 de la Ley Concursal para 10 de sus principales compañías. En base a ese artículo, a partir de ahora Nueva Rumasa tiene un plazo de tres meses para negociar con sus acreedores. En el supuesto de que no se alcance dicho acuerdo, contarían con otro adicional para presentar, esta vez sí, la solicitud voluntaria de concurso de acreedores (la antigua suspensión de pagos). Una situación previa que lo único que evita es que los acreedores soliciten durante este periodo la declaración necesaria de concurso.

Durante este periodo de tregua las acciones que se hayan iniciado contra cualquiera de las empresas del grupo jerezano seguirán su proceso habitual. Por tanto, los embargos anunciados por la Seguridad Social ante el impago de las cuotas o las acciones de ejecución de bienes correspondientes siguen su curso. Unas medidas que solo se podrían paralizar en el momento en que el concurso sea declarado por el juzgado correspondiente.

Ayer mismo, en rueda de prensa, el empresario jerezano aseguró que se "ha visto obligado" a solicitar el amparo concursal, ya que las informaciones y rumores surgidos en los últimos días podrían empujara a algún " acreedor confundido" a instar el concurso de sus compañías. En este supuesto se hubiese decretado el concurso necesario, sin posibilidad de establecer periodo alguno para renegociar las deudas.

Artículo 5.3 al que se acoge Ruiz-Mateos

El deber de solicitar la declaración de concurso no será exigible al deudor que, en estado de insolvencia actual, haya iniciado negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio y, dentro del plazo establecido en el apartado 1 de este artículo, lo ponga en conocimiento del juzgado competente para su declaración de concurso. Transcurridos tres meses de la comunicación al juzgado, el deudor, haya o no alcanzado las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio, deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente.

Empresas de Nueva Rumasa afectadas

- Clesa- Grupo Garvey- Grupo Hotasa- Dhul- Elgorriaga- Hibramer- Trapa- Carcesa- Quesería Menorquina- Rayo Vallecano

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