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Espera que la apelación anule la sentencia

Fitch considera que el auto de la Audiencia de Navarra "contraviene" la legislación española

La agencia de calificación crediticia Fitch Ratings entiende que el auto de la Audiencia Provincial de Navarra que reconoce que la adjudicación de la vivienda en subasta debe bastar para saldar la deuda hipotecaria "contraviene" la legislación española en materia hipotecaria y el Código Civil, por lo que confía en que la apelación de la entidad acreedora (BBVA) anule esta sentencia.

"Fitch espera que la apelación del prestamista anulará la sentencia inicial. Sin embargo, si la apelación fracasa, daría lugar a un importante precedente material que potencialmente forzaría a Fitch a revisar sus actuales valoraciones del mercado", advierte la calificadora de riesgos.

No obstante, Fitch Ratings considera que esta decisión de la Audiencia Provincial de Navarra "no tiene un impacto inmediato" en los ratings de finanzas estructuradas existentes.

"Tradicionalmente, el pago en especie en España sólo es posible si existe un acuerdo con el acreedor", señala la agencia, que recuerda que el recurso a todos los bienes e ingresos presentes y futuros del deudor se emplea sistematicamente por las entidades para garantizar el recobro completo de los impagos hipotecarios cuando la propiedad subastada no cubre el importe de la deuda pendiente.

La Audiencia Provincial de Navarra emitió el pasado 17 de diciembre un dictamen judicial que por primera vez en España considera suficiente la entrega de la vivienda al banco para saldar la deuda hipotecaria, a pesar de que el valor del inmueble se haya depreciado.

El auto considera que el banco "no habría concedido el préstamo si la finca no hubiera tenido un valor suficiente para garantizarlo, que fue fijado por la entidad ahora ejecutante". Además, destaca que en el contrato se reconoce que el inmueble tenía un valor "superior al principal del préstamo".

Por su parte, BBVA ha presentado un incidente de nulidad contra el auto que considera suficiente la entrega de la vivienda al banco para saldar la deuda hipotecaria, alegando que sus razonamientos jurídicos son "arbitrarios".

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