_
_
_
_
_
Exigirá más transparencia de capital

Bruselas impone el control de los derivados para reforzar su fiabilidad

Las operaciones de derivados deberán negociarse en una cámara de contrapartida, según un proyecto de Reglamento que la CE aprobará el próximo miércoles. La norma pretende reforzar la fiabilidad de un mercado en el que cientos de millones de euros se exponen sin suficiente respaldo de capital.

Bruselas impone el control de los derivados para reforzar su fiabilidad
Bruselas impone el control de los derivados para reforzar su fiabilidad

El proyecto de reglamento, al que ha tenido acceso CincoDías, establece la obligación de realizar la mayor parte de las operaciones de derivados a través de una cámara de contrapartida autorizada para ello por las autoridades nacionales. En el caso de España esa responsabilidad correspondería al MEFF.

La nueva norma obliga, además, a registrar las operaciones (o sus modificaciones) en un plazo de 24 horas en una base de datos electrónica cuya supervisión correrá a cargo de la nueva Autoridad europea de mercados bursátiles (ESMA, según sus siglas en inglés).

El reglamento, según la CE, pretende mejorar la transparencia de un mercado valorado a finales de 2009 a nivel mundial en más de 21 billones de dólares (17 billones de euros) y con un riesgo financiero asociado superior a los 3 billones de dólares (2,5 billones de euros).

La cobertura de ese riesgo financiero es precisamente el gran objetivo de un reglamento que llega como respuesta al cataclismo provocado por el colapso de Lehman Brothers hace dos años.

Los reguladores descubrieron entonces que el riesgo asociado a numerosos contratos bilaterales de derivados era mucho mayor de lo estimado y se habían realizado sin contar con el respaldo de capital necesario.

Todavía hoy, a pesar de la caída de la actividad en el mercado, se calcula que alrededor de 1,4 billones de dólares en derivados siguen sin contar con los colaterales adecuados para compensar su riesgo, según las cifras manejadas por la CE. Bruselas pretende mitigar ese peligro a través de las cámaras de contrapartida, que sólo podrán aceptar como colateral valores con gran liquidez y con un cierto nivel de calidad. El reglamento también obliga a las cámaras a cumplir unos requisitos mínimos de capital mínimo y a contar con un "fondo para impagos".

Reducción de riesgos

El reglamento prescribe asimismo ciertas normas para reducir el riesgo financiero y operativo de los derivados que queden exentos de la obligación de negociarse en una cámara de contrapartida.

En esos casos, las partes contratantes deberán prever, de entrada, que los términos del contrato queden registrados electrónicamente siempre que sea posible.

Y en segundo lugar, deberán gestionar y auditar de manera precisa los riesgos asociados a su cartera de derivados, cuyos contratos deberán computarse diariamente a valor de mercado.

La exención de pasar por la cámara de contrapartida está pensada, sobre todo, para derivados de empresas no financieras, que utilicen ese tipo de operaciones para su actividad comercial habitual. El proyecto de Reglamento menciona, por ejemplo, el caso de las compañías de energía que vendan futuros sobre su producción.

Aun así, Bruselas confía en que la mayoría de los derivados se negocien de manera controlada. Para lograrlo, el reglamento concede a la ESMA y al nuevo Comité Europeo de Riesgos Sistémicos (presidido por el Banco Central Europeo) la potestad de localizar tipos de contratos que se negocian bilateralmente e imponerles la obligación de pasar por la cámara.

El Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros de la UE tienen ahora la última palabra sobre este proyecto legislativo.

"Se acabaron las apuestas con las casas de otros"

"Se ha terminado la época de apostar si la casa de los demás se incendia o no", aseguró el pasado martes ante el Parlamento Europeo el presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, en alusión a los inversores que compran o venden cierto tipo de derivados sin poseer el activo subyacente. Su amenaza se cumplirá pasado mañana cuando el comisario europeo de Mercado Interior, Michel Barnier, presente su propuesta legislativa para restringir y, en ciertos casos, prohibir algunos tipos de operaciones a corto o al descubierto.Bruselas considera especialmente perniciosas las que afectan a los llamados credit default swaps (CDS), los títulos que un comprador utiliza para protegerse de un riesgo que, si no llega a materializarse, redunda en beneficio del vendedor.Barnier quiere imponer mucha más transparencia en ese mercado, después de que en los últimos se hayan registrado numerosos movimientos especulativos en relación a los CDS de la deuda soberana de los países de la zona euro.La nueva normativa comunitaria aspira a armonizar los controles que aplican los reguladores a ese tipo de operaciones, así como las condiciones en que se pueden prohibir temporal o definitivamente.Los CDS suponen el 8,3% de los 21,6 millones de dólares del valor bruto del mercado de derivados mundial, lo que los convierte en la segunda categoría más importante de derivados. Los relacionados con el tipo de interés suponen el 14%, según los datos manejados por la CE. Y los relativos al tipo de cambio el 2,1%.La UE domina estas dos últimas modalidades, con una cuota del 63% y 54% respectivamente (en 2007) frente al 24% y 15% de Estados Unidos.

Las cifras

17 millones de euros es el valor total bruto del mercado de derivados mundial.1,4 billones de dólares (más de un billón de euros) en esos productos siguen sin contar con los colaterales adecuados para cubrir sus riesgos.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Más información

Archivado En

_
_