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El recurso fue presentado en 2004

La UE rechaza el recurso de Arcelor contra el mercado de CO2

El Tribunal General de la UE rechazó ayer en primera instancia el recurso presentado en 2004 por Arcelor contra el mercado europeo de derechos de emisiones y la solicitud de una indemnización por los supuestos perjuicios sufridos por la compañía como consecuencia de la regulación de ese mercado.

En el primer caso, los jueces declaran inadmisible el recurso porque la Directiva que estableció el comercio de derechos de emisiones "no afecta a Arcelor ni individual ni directamente", condición imprescindible para que una sociedad pueda recurrir un acto comunitario.

La sentencia señala que la Directiva "se aplica de manera general y abstracta a todos los operadores mencionados en su anexo (...) y no caracteriza la situación fáctica y jurídica de Arcelor respecto de los demás".

Tampoco ha prosperado la reclamación de daños y perjuicios presentada por la mayor siderúrgica del mundo desde su fusión con Mittal en 2006. El veredicto, recurrible ante la última instancia comunitaria, considera que Arcelor no ha demostrado que la Directiva del mercado de emisiones violara sus derechos de propiedad o los principios de proporcionalidad, igualdad de trato o seguridad jurídica.

Los jueces reiteran que la no aplicación de la directiva a sectores como el químico está justificada por criterios objetivos.

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