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5d. Campaña de la renta 2005

El impuesto que llegará en 2007

Sin ningún impacto en la declaración de la renta que hay que preparar ahora, el Parlamento está tramitando el que será Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2007. Entre las novedades que se avecinan y que afectarán a los inmuebles, la reforma de la deducción por compra de vivienda habitual es la que más asusta.

Si prospera el texto en los términos que ahora se están discutiendo en el Parlamento, el beneficio fiscal por inversión se simplificará y, al tiempo, para muchos contribuyentes será menor. En síntesis, quedará reducida al 15% (10,05% en el tramo estatal más 4,95% autonómico) sobre una base máxima igual a la actual de 9.015 euros. El cambio está en la supresión de los porcentajes incrementados de deducción. No obstante, se prevé un régimen transitorio que compense a quienes compraron su vivienda antes del 20 de enero de 2006 -día en que se conoció el anteproyecto del IRPF- y resulten perjudicados por el cambio.

También habrá ligeras novedades en la forma de determinar el rendimiento neto por cobrar alquileres. Según explican los profesionales del Registro de Economistas Asesores Fiscales, con el nuevo IRPF será posible que fiscalmente los gastos de una vivienda en alquiler superen los ingresos y, por tanto, se aflore un rendimiento negativo.

Mientras ahora todos los gastos asociados a un inmueble en alquiler son deducibles hasta la cuantía de los ingresos, a partir de 2007 sólo los intereses y demás gastos de financiación tendrán este límite. El exceso de gastos que no se pueda deducir en un ejercicio económico, se podrá deducir en los cuatro ejercicios siguientes.

En cuanto a la venta de inmuebles, la actual exención de que disfrutan los mayores de 65 años por vender su vivienda habitual se extiende a las personas en situación de dependencia que también vendan su vivienda. Asimismo, se prevé que se den incentivos a las llamadas hipotecas inversas. En cuanto a temas como la forma de valorar la vivienda como renta en especie cuando la empresa la pone a disposición de sus empleados, los requisitos para que el alquiler sea actividad económica o la imputación de rentas inmobiliarias que genera la segunda vivienda todo se mantiene en el nuevo IRPF como hasta ahora.

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