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Mercado liberalizado

Expediente de la CNE a Gas Natural por posible omisión de datos a sus competidoras

La Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha abierto un expediente informativo a Gas Natural (GN) para comprobar si la supuesta falta de información en las facturas remitidas a los comercializadores supone una restricción de la competencia en el mercado gasista liberalizado. La compañía se ha defendido diciendo que considera estar haciendo "bien las cosas" en materia de traspaso de información y sus responsables han manifestado sentirse "tranquilos".

El expediente se abrió a raíz de sendas consultas planteadas por Endesa y Unión Fenosa ante el organismo regulador en julio y octubre de 2003, respectivamente, según las fuentes del sector consultadas. El organismo regulador cuenta ya con una primera opinión sobre los hechos, tal como expuso en un informe elaborado el pasado mes de febrero.

Facturación de los peajes

En ese informe, la CNE señala que "el hecho de que el distribuidor no remita el detalle de las lecturas en la facturación de los peajes a los comercializadores puede constituir un obstáculo efectivo al desarrollo de las actividades del comercializador en el mercado de gas liberalizado". No obstante, el organismo regulador matiza que la supuesta falta de información "no podría calificarse como una política restrictiva de la competencia" salvo que se acredite que sólo afecta a las comercializadoras "que no forman parte del mismo grupo empresarial que el distribuidor".

En las consultas dirigidas al organismo regulador, Endesa y Unión Fenosa se interesaban por saber qué información deben incluir legalmente las distribuidoras gasistas, en este caso Gas Natural, en las facturas remitidas a las empresas comercializadoras, en concreto en las correspondientes a los peajes de sus clientes, sin esa información no pueden calcular "el coste de los contratos de acceso independientes para cada suministro ni la asignación de los consumos a cada cliente".

La Comisión puede optar por cerrar el expediente informativo sin consecuencias para Gas Natural si no encuentra deficiencias en la actuación de la empresa; por imponer sanciones, si las irregularidades tienen que ver con el uso de las redes del gas, o por dar traslado del expediente a los órganos de Defensa de la Competencia, en caso de detectar un atentado al libre mercado.

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