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Impuestos

Calcular el IRPF en 10 pasos

Se toman todos los ingresos, se añaden unas gotas de deducciones y en función de la habilidad para la planificación fiscal del barman, también unos cubitos de reducciones. Se agita bien fuerte y se sirve en vaso largo. Como no podía ser de otra forma, este cóctel se llama IRPF. Según resulte la mezcla, unas veces lo paga el cliente y otras, parece que invita la casa, aunque en realidad el cliente siempre paga. ¿Magia? Ninguna más allá de la que guarden los números.

La diferencia entre un IRPF a pagar por el contribuyente y otro a devolver por Hacienda está en el importe de los pagos a cuenta realizados cada vez que se recibe un ingreso. El objetivo de la declaración de la renta es averiguar si estos pagos realizados en 2003 son superiores o inferiores a la cantidad final con la que cada uno contribuye a mantener los gastos del Estado. Esta cifra depende tanto del nivel de ingresos como de la situación personal de cada uno. En diez pasos, se desvela el secreto del barman.

Las madres que no hayan cobrado la paga de 100 euros al mes desgravan ahora este importe

Los mayores de 65 años que prolonguen su actividad laboral pueden deducirse hasta 7.000 euros

1Agrupar todos los ingresos obtenidos en 2003. Una vez reunidos todos los certificados y justificantes de las rentas obtenidas a lo largo de un año, se distribuyen entre los dos grandes bloques en que se divide el impuesto. En la llamada parte especial, se incluyen las ganancias y las pérdidas de patrimonio. Pero sólo las obtenidas por vender bienes, como por ejemplo las acciones, los fondos de inversión o los inmuebles, pasado un año desde su compra. En la parte general, se declara el resto de ingresos, esto es, rentas del trabajo, rentas del capital, ganancias y pérdidas de patrimonio por ventas realizadas antes de que pase un año desde la compra y rentas de la actividad empresarial o profesional.

Todos estos ingresos se incorporan a la declaración por su importe íntegro o bruto, esto es, antes de restar la retención. Según los casos, muy tasados por la ley, se restan los gastos relacionados con cada categoría de ingreso. Por ejemplo, del salario se resta la cotización a la Seguridad Social. En el caso de las ganancias, los gastos no se deducen, pero se incorporan al valor de compra o al valor de venta del bien. De esta forma, al hallar la ganancia o pérdida, ese gasto aparece reflejado.

2 Integrar y compensar entre sí las rentas declaradas. En cada parte del IRPF, se suman todos los ingresos y se restan las partidas negativas. Por ejemplo, en la parte especial, las pérdidas de patrimonio se compensan con las ganancias, esto es, se restan. Lo mismo ocurre en la parte general. Del salario, que siempre será positivo, se restan las pérdidas netas de una actividad empresarial o profesional y, hasta unos límites, las pérdidas de patrimonio de esta parte general. El resultado de las operaciones es una cifra llamada base imponible. Una para la parte especial y otra para la general.

3 Restar el mínimo personal y familiar. El IRPF sólo pretende someter a gravamen la renta disponible del contribuyente, esto es, los ingresos que no utiliza para vivir. Así, concede a todos los contribuyentes una deducción general, también llamada mínimo vital, que este año es de 3.400 euros. Como novedad, esta cifra no se eleva para mayores de 65 años. El impacto de la edad en el IRPF se traslada a las reducciones. En la declaración conjunta de un matrimonio, el mínimo es de 3.400 por cónyuge (6.800 euros), pero si es una conjunta de un padre o de una madre con sus hijos, el mínimo es de 5.550 euros. Además, existe un mínimo familiar para contribuyentes que convivan con descendientes (hijos y nietos) solteros, menores de 25 años y cuyos ingresos en el año no superen los 8.000 euros.

Estos mínimos se restan de la base general hasta dejarla, como tope, a cero. El exceso puede restar la base especial.

4 Personalizar el impuesto. El impuesto permite deducir ciertas cantidades en función de las circunstancias personales de cada uno. Los trabajadores que ganen más 13.000 euros al año se desgravan 2.400 euros. Esta cifra aumenta hasta los 3.500 euros según baja el salario y se dobla para trabajadores mayores de 65 años o para los que desde el desempleo han aceptado un trabajo en lugar distinto al de residencia.

Cuidar de hijos menores de tres años da derecho a una deducción de 1.200 euros y tener más de 65 años permite desgravar 800 euros. La discapacidad del contribuyente o de personas a su cargo también da derecho a deducciones. A todo esto, hay que añadir como deducible las aportaciones a planes de pensiones. Igual que con los mínimos, las reducciones se restan hasta que la base general del IRPF sea cero. El exceso minora la base especial. La cantidad que resulte es la base liquidable. Las dos bases permanecen separadas.

5 Aplicar la escala de gravamen. Se aproxima el momento de la verdad, es la hora de calcular cuánto dinero paga un contribuyente a Hacienda, esto es, la cuota del IRPF. En la parte especial no hay misterio, el 15% es para las arcas del Estado. Es un tipo fijo que este año se ha bajado en tres puntos. En la parte general, se aplica una escala. No hay un tipo fijo sino que el gravamen aumenta desde el 15% hasta el 45% según aumenta el nivel de renta del contribuyente. El objetivo es que el esfuerzo al tributar sea similar para todos aunque unos contribuyentes paguen más porcentaje que otros. Aunque los pros y los contras del sistema sean filosofía fiscal, es importante tener en cuenta que además de los ingresos, también el mínimo vital o las reducciones se someten a gravamen. De esta forma, una contribuyente que tribute al 23%, se reducirá el 23% del mínimo y quien tribute al 45%, se reducirá ese 45%.

6 Sumar la cuota general y la cuota especial. Por fin, las dos partes del IRPF se encuentran. El resultado de aplicar los gravámenes se suman y se obtiene una cuota conjunta. El impuesto podría acabar aquí. Pero hay más.

7 Restar las deducciones. Por si las reducciones pensadas para personalizar el impuesto supieran a poco, el IRPF concede más deducciones. Ahora, se trata de permitir que el contribuyente refleje en su IRPF una parte de los desembolsos realizados durante el año. Uno de esos pagos es la inversión en vivienda. Por inversión se entiende tanto el depósito de dinero en una cuenta ahorro vivienda, como comprar directamente esa vivienda. En general, se puede deducir el 15% de las cantidades invertidas que no superen los 9.015,18 euros (1.352 euros de deducción final). Si se utiliza financiación ajena, la deducción aumenta. En el ámbito de las deducciones hay que estar muy atento a la normativa de cada comunidad autónoma. Cada territorio tiene capacidad para bonificar cuantos aspectos considere que, en general van desde el nacimiento de hijos hasta el pago del material escolar.

8 Comprobar las retenciones y pagos fraccionados. Llega el momento de comprobar si lo pagado por la vía de las retenciones se supera o no la cuota del IRPF obtenida hasta ahora. Estos pagos a cuenta se restan de la cifra global que resulta tras aplicar las deducciones. Si resulta una cifra negativa, ese es el saldo que Hacienda debe al contribuyente. Esta deuda es un dinero pagado de más a Hacienda y que el ciudadano recibe meses después sin ningún tipo de interés. Si resulta positiva, el que paga es el contribuyente.

9 Reflejar la deducción por maternidad. Si la cuota diferencial ha resultado a pagar, las madres trabajadoras o los padres viudos todavía tienen una posibilidad de que esa cuota cambie de signo y se convierta en un importe a su favor. Hay que restar 100 euros por cada mes desde enero de 2003 que se haya tenido un hijo menor de tres años. Es decir, si el niño nació el 1 de septiembre de 2003, la deducción será de 400 euros. Si el importe no se ha cobrado ya por anticipado, el total se resta de la cuota. Si todo se ha cobrado ya, no habrá deducción y si se ha cobrado parte, se deduce el importe parcial que reste.

10 Hacer el pago o esperar la devolución. Ahora ya sí, la liquidación ha finalizado y no queda más que ir a pagar a una de las muchas entidades colaboradoras o esperar la devolución. El pago en las oficinas de Hacienda ya no es posible y sólo se pueden llevar los impresos a la Agencia Tributaria si la cuota es a devolver. Con los años, el tiempo que el contribuyente debe estar esperando este pago se ha acortado hasta ser de tan sólo unas semanas. Por ley, la Administración tiene hasta diciembre para pagar sin intereses.

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