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Sentencia

El Tribunal de la UE confirma la anulación de una multa a Bayer

El Tribunal de Justicia de la UE confirmó ayer una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que anula la multa de la Comisión Europea (CE) a Bayer por valor de tres millones de euros, al estimar que no se ha demostrado la vulneración de la libre competencia por parte del grupo alemán con relación a las exportaciones del medicamento Adalat desde España y Francia al Reino Unido.

En enero de 1996, el Ejecutivo comunitario sancionó a Bayer por no atender todos los pedidos de mayoristas españoles y franceses del fármaco Adalat, para el tratamiento de enfermedades cardiovasculares.

Con esta medida, Bayer pretendía restringir las exportaciones paralelas que algunos operadores españoles (desde 1989) y franceses (desde 1993) realizaban al Reino Unido, compitiendo así con la filial británica de Bayer, que vendía estos fármacos a precios hasta un 40% superiores a los de España y Francia.

La CE consideró que la actuación de Bayer y de sus distribuidores en España y Francia suponía en la práctica un acuerdo que restringía la competencia.

Bayer recurrió la decisión ante el Tribunal de Primera Instancia de la UE, que en octubre de 2000 le dio la razón. El Tribunal de Justicia de la UE, el máximo órgano judicial europeo, ratificó ayer esta decisión, tras estudiar un recurso de casación presentado por la CE y por la asociación de importadores de productos farmacéuticos alemanes.

La sentencia del Tribunal de Primera Instancia consideraba que la actuación del grupo Bayer y de los mayoristas no constituía un acuerdo entre empresas. El tribunal no encontró indicios que probasen la voluntad de Bayer de imponer una prohibición de exportar a sus mayoristas ni que los suministros estuviesen supeditados a esta prohibición.

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