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Sentencia

Matutano deberá retirar del mercado las patatas fritas Lay's Mediterránea

La Audiencia Provincial de Barcelona ha hecho público un auto en el que ordena retirar del mercado las patatas fritas Lay's Mediterránea bajo la forma de comercialización que utilizan actualmente, siguiendo la línea del juzgado de primera instancia que ya dio esta misma orden el pasado mes de enero, informa Efe. La decisión de la Audiencia no es recurrible.

El juez de primera instancia ordenó la retirada de estas patatas fritas en bolsa, al considerar que inducen a error al consumidor porque le hacen creer que el componente esencial del producto es el aceite de oliva, cuando en realidad están fritas con aceite vegetal y el de oliva se añade como mero condimento.

El auto de la Audiencia es el resultado de un proceso judicial paralelo que se inició el pasado mes de mayo de 2002. La empresa San Carlo, fabricante también de patatas fritas, solicitó en esa fecha la retirada cautelar del producto por un procedimiento de urgencia que le fue denegado por el juez, ante lo cual presentó un recurso de apelación en la Audiencia provincial, que ha dado lugar al auto hecho público ayer.

El abogado de San Carlo, Miguel Montaña, socio de Clifford Chance, ha señalado que este auto es importante porque procede de la Audiencia, que es la instancia que deberá estudiar el recurso que ha interpuesto Snack Ventures, fabricante de las patatas Lay's Mediterránea.

Toque de atención

A pesar de que el juez ordenó el pasado mes de enero la retirada del mercado de estas patatas en su forma de presentación actual, esta sentencia aún no se ha hecho efectiva y se pueden encontrar en el mercado las bolsas en las que se indica que 'el aceite de oliva es el ingrediente esencial' de las patatas Lay's Mediterránea. San Carlo no ha podido presentar la solicitud de ejecución de la sentencia hasta que Snack Venturas ha ejercido su derecho a recurrir. Una vez presentada la solicitud de ejecución, el pasado 7 de marzo el juez dio un plazo de 30 días a Snack Venturas para cambiar la presentación de sus bolsas y de 45 días para retirar del mercado los paquetes de patatas que puedan inducir a error.

Según Montaña, la decisión supone un nuevo toque de atención para las empresas del sector, ya que en el auto de la Audiencia se destaca que el cumplimiento de la normativa sobre etiquetaje no excluye que las demás indicaciones que figuran en el envase del producto puedan inducir a error al consumidor sobre sus verdaderas características.

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