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Carburantes

Competencia rechaza una denuncia contra Repsol, Cepsa y BP por pactar precios

El pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha rechazado una denuncia presentada por el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) en octubre de 2000 contra Repsol, Cepsa y BP por supuestas conductas prohibidas por los artículos 1 y 6 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

Las presuntas prácticas contrarias a la LDC consistían en haber reducido simultáneamente y progresivamente las diferencias entre los precios del gasóleo establecidos en las estaciones de servicio y los aplicados en los suministros directos a las instalaciones de las empresas de transporte de viajeros por carretera. Tal y como establece la resolución del TDC, a la que tuvo acceso este diario, en cuanto a la infracción del artículo 1 de la LDC, que supuestamente habrían cometido las tres empresas petroleras denunciadas, nada hay en las actuaciones que, 'siquiera por vía de indicios, haga pensar que las empresas denunciadas hayan concertado sus comportamientos al efecto y tampoco se dan los requisitos para poder apreciar un comportamiento paralelo entre ellas. Más bien, la relativa simultaneidad observada podría explicarse por el hecho de que la subida de precios del petróleo afecta a la vez a todos los operadores, que deben reaccionar al mismo tiempo en el mercado de venta a instalaciones fijas cuya competencia es muy viva'.

Respecto a la posible infracción del artículo 6, la resolución del tribunal recuerda lo ya establecido por el Servicio de Defensa de la Competencia en su escrito, donde hacía notar que 'la denuncia no hace referencia, como resulta obligado, al mercado relevante, por lo que no cabe apreciar posición de dominio, requisito indispensable para el abuso'.

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Presiones sociales

Asimismo, el TDC añade que 'no podría calificarse de abuso el repercutir la subida de una materia prima ni que, por ello, se reduzcan las diferencias de precios entre las ventas en estaciones de servicio y a instalaciones fijas'.

Con todos estos argumentos, el tribunal resuelve que no ha apreciado ningún indicio de vulneración de la legislación vigente en materia de competencia en la reducción de las diferencias de precios, ni siquiera que dichas disminuciones se realizaran de forma concertada. Por contra, el TDC considera más verosímil que la subida del gasóleo registrada en los mercados internacionales, 'que se repercutió en las ventas a instalaciones fijas de los grandes consumidores, no pudo repercutirse en las ventas en estaciones de servicio por las presiones sociales existentes entonces (otoño de 2000)'.

Por otra parte, el que cada operador independientemente reduzca sus diferencias de precios en las ventas en la estación de servicio o en las instalaciones fijas no puede considerarse abusivo en un contexto de fuerte subida del precio de la materia prima, según sostiene la resolución del TDC. Por su parte, el presidente del CNTC, Ovidio de la Roza, dijo que la organización acepta la resolución, pero criticó el 'oligopolio' que forman Repsol, Cepsa y BP.

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