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Tribunales

Iberdrola recurre el fallo por la salida a Bolsa de Bankia

Alega fallos de fondo y forma en la sentencia favorable a la entidad Reclama los 12 millones que perdió en el debut bursátil de la nacionalizada

Ignacio Sanchez Galan, presidente de Iberdrola.
Ignacio Sanchez Galan, presidente de Iberdrola.

Iberdrola ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid el fallo del juez que desestimaba la demanda presentada contra Bankia, en la que reclamaba 12,4 millones de euros por las pérdidas sufridas en el proceso de salida a Bolsa de la entidad bancaria, alegando que los ratings de Fitch y Moody's sobre la entidad no alertaban sobre la falsedad de los estados financieros del banco.

El pasado mes de marzo, el Juzgado de Primera Instancia 89 de Madrid dio la victoria a Bankia en el primer pulso entre ambas compañías al desestimar la demanda de Iberdrola. Esta considera que la sentencia contenía fallos de fondo y forma.

En su fallo, el juez señalaba que en este proceso “toda la prueba ha redundado en que Iberdrola no supo de Bankia nada distinto de lo que ella misma inscribió en el Registro Mercantil y después publicó en su folleto” a la hora de decidir acudir a la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de acciones lanzada por la entidad en 2011, aunque basaba su decisión en el hecho de que la energética pudo tener indicios del riesgo de su inversión cuando unos días antes de la operación las agencias de rating Moody's y Fitch rebajaron la calificación crediticia del banco, hecho que fue comunicado mediante hechos relevantes.

En su recurso de apelación, presentado el pasado 21 de abril y al que ha tenido acceso Europa Press, Iberdrola refuta que estos hechos relevantes relativos a la calificación crediticia de Bankia, que fueron publicados en julio de 2011, puedan ser tomados en consideración y calificados como información complementaria apta para evitar el error en el consentimiento prestado por la eléctrica, ya que el rating asignado “era bueno y se basaba en la hipótesis de que la contabilidad era correcta”.

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Para la eléctrica, la sentencia incurre en “un claro error” en la valoración de la prueba, ya que se basa en la circunstancia de que los hechos relevantes informaban sobre dos rebajas de calificación de Bankia, lo cual no es cierto, ya que Moody's y Fitch no rebajaron ninguna calificación anterior sobre Bankia, sino que era la primera vez que estas agencias calificaban a Bankia y, además, tampoco dicha calificación supuso una rebaja sobre el único rating publicado a esa fecha, que era de Standars & Poor's.

Asimismo, subraya que los hechos relevantes no son “información complementaria” o adicional, como sostenía el juez, con respecto a los inversores minoritarios, habida cuenta de que aquéllos no sólo se encontraban publicados en la página web de la CNMV, “sino que además eran de dominio público, por haberse hecho la prensa eco de los mismos”.

De esta manera, en su escrito, la energética considera que estas calificaciones de Moody's y Fitch no fueron en absoluto adecuadas para descubrir la falsedad de los estados financieros de Bankia incluidos en el folleto informativo.

“Ni lo fueron para Iberdrola, ni parecieron serlo para Bankia y sus auditores de cuentas, ni demostraron serlo para los analistas externos y la propia CNMV, pues ninguno de ellos pudo advertir que los estados financieros correspondientes al primer trimestre de 2011 no se ajustaban a la realidad”, añade el recurso.

Durante el juicio, el abogado de Bankia en el litigio, Jorge Capell, argumentó que la decisión de la eléctrica de invertir en la operación respondió a motivos “estratégicos” y no por el interés del folleto.

“Iberdrola no decide invertir por el folleto, lo hace porque hay una serie de cuestiones estratégicas, de relaciones con un socio que le parecían relevantes para hacerlo”, dijo el abogado en las conclusiones del juicio.

Asimismo, los peritos de Bankia valoraron en su declaración que los inversores cualificados, como era el caso de Iberdrola en esta operación, “tienen equipos para contar con información de las empresas que emiten títulos que los minoristas desconocen”, por lo que los folletos de salida a Bolsa no “van dirigidos a ellos”.

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