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Vida Jurídica

Lobbies y abogados: una relación saludable

El Congreso da luz verde a la regulación de la actividad de los grupos de interés

El pleno del Congreso de los Diputados dio el pasado 14 de marzo luz verde –a iniciativa del Grupo Popular– a la regulación de la actividad de los llamados lobbies o grupos de interés, atendiendo a una recurrente demanda de instituciones como el Consejo de Europa en ese sentido. No deja de ser paradójico que, habiendo caído España en 2016 a su peor registro en la clasificación mundial de percepción de la corrupción, según un informe de Transparencia Internacional, y siendo esta la segunda preocupación de los españoles, según el barómetro del CIS, la actividad lobística, o de representación de intereses, carezca de regulación legal hasta el momento. La creación de un registro de lobbies, que fuerzas políticas como el PSOE quieren extender más allá del ámbito del legislativo, dará carta de naturaleza a los grupos de interés, reconociendo su legitimidad y, con ello, su necesario papel de aportación de conocimiento en la adopción de políticas públicas.

Así, la actividad de consultoras y despachos legales, que ya en la práctica representan intereses de sectores económicos o empresas, pasará a un plano de mayor visibilidad que en el que hasta ahora han venido habitando, lo que puede reforzar su capacidad de oferta de servicios de asesoramiento y representación. Hoy todavía reacios a iluminar sus actuaciones en este ámbito, al resguardo del deber de confidencialidad, muchos bufetes reconocen su participación en esta actividad y los importantes ingresos generados por ella. Es obvio que los despachos son un lugar privilegiado para establecer o facilitar contactos y los clientes así lo valoran. Quizá la mala prensa del término tenga que ver con la opacidad en reconocer la intervención de una actividad, por otra parte, ya prevista en el Estatuto General de la Abogacía de 2001.

Jesús Lizcano, presidente de Transparencia Internacional España y catedrático de Economía de la Universidad Autónoma de Madrid, considera “muy necesaria una mayor transparencia en el terreno de los lobbies a nivel general y sobre todo en torno a las instituciones públicas y parlamentarias más importantes, de forma que haya una clara identificación de los mismos, mediante el correspondiente registro público, que se regulen mínimamente sus actividades y que, en definitiva, se llegue a conocer e incluso se valore positivamente su posible contribución en los procesos de emisión y promulgación de las leyes”.

Los despa-chos son un lugar privile-giado para establecer contactos y así se valora

En opinión de Lizcano, este registro de lobistas “debería ser obligatorio e _incluir a todos aquellos que realizan lobby profesionalmente –como los despachos de abogados– y no debería limitarse a regular lo relativo al Parlamento nacional, sino que debe regular también el lobby en relación con los Parlamentos autonómicos y el poder ejecutivo”.

Como aportación de Transparencia Internacional al debate ahora abierto en el Congreso, propone que se incorpore “un código ético para la actividad de lobby, estableciendo estándares éticos claros con respecto a la comunicación y la búsqueda de influencia hacia los representantes electos y funcionarios públicos”.

Para Marcos Camacho, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez y responsable de la Oficina de Representación Institucional de la Abogacía, esta regulación suscita un gran interés en el colectivo”. Es esencial la regulación de esta actividad para que la defensa de los intereses personales, empresariales e institucionales se realice desde el principio de transparencia”, dice el representante de la abogacía, quien considera “esencial la regulación y el establecimiento de unas reglas de juego amparadas en un código de conducta ético y bajo el principio de publicidad y transparencia”.

“La existen-cia de un registro público y accesible es fundamental”, afirma Marcos Camacho

Según Camacho, “la existencia de un registro público y accesible, en el que se inscriban los grupos de interés –firmas de abogados, entre otros–, es fundamental para que se puedan cumplir los fines a que nos hemos referido”. Considera el decano que “la defensa de intereses de terceros que realizan los abogados es esencial en la actualidadl, y solo desde la regulación se puede conseguir que la participación de los grupos de interés en los desarrollos normativos consigan una legislación fundada en los planteamientos y deseos de la sociedad y de los interesados que puedan verse afectados por la misma”. Predicando con el ejemplo, el propio Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) está inscrito, a través de su delegación en Bruselas, como lobista en el Registro Europeo de Grupos de Interés (EU Transparency Register), declarando un lobista a tiempo completo y tres acreditados.

Lucas Osorio, socio de mercantil especializado en colaboración público-privada y director en Madrid del bufete Hogan Lovells (que figura entre las diez primeras firmas de servicios legales en el mundo), cree que “esta actividad no debe ser necesariamente mala si se realiza con fines legítimos y se actúa de manera transparente. Tratar de influir para que las cosas se hagan o regulen mejor nunca puede ser un problema. El problema surge si se pretende ejercer esa influencia de manera inadecuada”.

Para el especialista, en un mundo que es cada vez más global e interdependiente, “el componente regulatorio es cada vez más intenso en las decisiones de los Gobiernos que deben analizar los efectos nacionales de sus decisiones, la trascendencia de las mismas en el ámbito internacional o de qué manera encajan sus decisiones con las regulaciones de otros Estados. En esa labor de entendimiento regulatorio y de valoración de riesgos legales la función del abogado externo puede ser relevante, con mayor motivo si pertenece a una firma global con experiencias similares en otras jurisdicciones”. Dice Osorio que en una situación como la actual, de hiperregulación nacional e internacional, “es necesario alinear intereses de Gobiernos, sectores empresariales y ciudadanos, correspondiendo a los abogados ayudar a buscar las soluciones legales más adecuadas, independientemente de que representen a unos u otros”. Para el director de Hogan Lovells, está claro que, “llamándose lobby o como queramos, se trata de buscar vías de influencia positiva en la elaboración de normas”.

Otra visión es la de George Abegg, socio director de Rödl & Partner –uno de los principales despachos alemanes– en España, quien ve necesario distinguir “la aportación que hace el despacho a las instituciones, ofreciendo su punto de vista como expertos en regulación”, de los encargos precisos de los clientes. Comenta el abogado alemán que distingue su bufete en su proceder con los despachos anglosajones o las big four, ya que los intereses de sus principales clientes, empresas familiares alemanas, son diferentes.

En Rödl & Partner, dice Abegg, ayudan a los clientes “a buscar una asociación de confort con otros clientes específicos” al tiempo que trabajan la “diplomacia corporativa a largo plazo”. En todo caso, también desarrollan actividades lobísticas “cuando se nos encarga buscar una solución a un problema completo. En este caso utilizamos nuestros contactos y nuestro expertise”. Cree el director del bufete germano que en España “sería bueno tener una regulación del lobby, que puede ayudar en muchas ocasiones a transmitir conocimiento. Esta actividad se puede tratar con transparencia”, y recalca que “debe estar especialmente claro que no hay vinculación de estas actividades a la corrupción”.

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