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Tribuna
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¿RSC o sostenibildad?

Sin sostebinilidad económico-financiera, no hay sostenibilidad social y ambiental y viceversa

La nueva situación socioeconómica, marcada por una mayor incertidumbre y por nuevos riesgos y oportunidades para el sector empresarial, está introduciendo cambios en la concepción de la RSC. El análisis transversal de estos permite anticipar nuevas tendencias en la gestión de la sostenibilidad de las organizaciones, mediada por los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda del Desarrollo Sostenible.

El concepto de RSC, una vez desarrollados instrumentos avanzados aplicables a la gestión empresarial, está evolucionando hacia una concepción más primigenia que describa con mayor exhaustividad las relaciones entre las organizaciones y la sociedad. Hablamos de una concepción mucho más transversal, mediática y beligerante, capaz de poner de manifiesto la existencia de vasos comunicantes entre el desempeño económico-financiero, el desempeño social y el desempeño ambiental. Es decir, sin sostenibilidad económico-financiera no se puede hablar de sostenibilidad social y sostenibilidad ambiental, y viceversa.

La tendencia a utilizar cada vez más el concepto de sostenibilidad para redefinir, repensar y reprogramar las relaciones de las organizaciones con su entorno también permite incorporar discursos cada vez más presentes en el debate social que han sido tangenciales al concepto de RSC: economía circular, economía ecológica, economía del bien común, etc. El concepto de sostenibilidad permite describir de forma más exhaustiva las relaciones de las organizaciones con su entorno, cada vez más alejadas de una concepción reduccionista asociada a la filantropía o a la acción social. La RSC es capaz de dar respuesta a un mundo más reducido de inquietudes, y la sostenibilidad es un concepto mucho más transversal e interdisciplinar.

La RSC se basa en un concepto de ética más formalista (v. gr.: principio de cumplir o explicar) y procedimental, en tanto que el concepto las organizaciones y la sociedad; en una medición del impacto más exhaustiva. Frente a la arbitrariedad y voluntariedad de la RSC al fijar objetivos y procedimientos, al hablar de sostenibilidad se produce una mayor convergencia de los objetivos de las empresas en términos económico-financieros, sociales y ambientales. Además, la promulgación de los ODS también contribuye a que permee el concepto de sostenibilidad en las empresas determinando un lenguaje común más pedagógico y capaz de movilizar recursos público-privados para la consecución de lo establecido en la Agenda de Desarrollo Sostenible.

"La especialización de la RSC debe reducirse e integrarse en el proceso de la organización"

En este nuevo marco, la formación ética no es algo que se debe presuponer, sino que es preciso articular más allá de la mera voluntariedad de las personas y de la existencia de un código de conducta. El enfoque material de la sostenibilidad implica una nueva ética asociada a problemas concretos que obligan a una pronta respuesta (v. gr.: cambio climático). La revisión ética de los procesos en base a una ética material obliga a ampliar el concepto de cumplimiento normativo. La ética, las reivindicaciones y los nuevos movimientos sociales, así como la necesidad de un diálogo constante y sistemático con los grupos de interés están introduciendo elementos extrajurídicos en los planteamientos judiciales y jurisprudenciales que van más allá de los principios generales del derecho. El concepto de cumplimiento normativo debe incorporar elementos éticos de valoración prudenciales que permitan reducir los riesgos futuros (sostenibilidad financiera, relaciones estables y equitativas con los grupos de interés, etc.).

La existencia de objetivos materiales comunes en las organizaciones, basados en una ética material centrada en el concepto de sostenibilidad, abre un importante campo inédito de escucha e interrelaciones entre ellas, propiciando nuevas alianzas y una economía más colaborativa. En este sentido, la estrategia de los ODS habla de alianzas público-privadas que dan paso a las empresas de las economías más desarrolladas a la Agenda del Desarrollo Sostenible. El concepto de sostenibilidad y el de alianzas público-privadas abren el camino al fomento de relaciones a largo plazo con los distintos grupos de interés, basadas en la eficiencia, el beneficio mutuo y en la equidad. Para garantizar este planteamiento, las relaciones deben ser sinceras y honestas, estables y duraderas. Esto implica que las organizaciones deben ser más activas para crear espacios de diálogo que permitan identificar y anticipar riesgos y oportunidades futuras.

Entendemos que se debe desmitificar la RSC. Esta tendencia implica reducir el nivel de especialización/compartimentalización de la RSC a favor de la integración de las políticas, medidas e instrumentos de RSC en los procesos de las organizaciones como una estrategia transversal. Esto redundará en la difusión de que lo que es bueno en términos socioambientales, generalmente es bueno para el desempeño económico-financiero.

Francisco Cortés García es profesor de la UNIR.

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