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Finanzas

Bruselas gana el segundo asalto contra las ayudas fiscales a empresas españolas

El veredicto secunda las tesis de la Comisión Europea, que acusó España de conceder una ventaja ilegal multimillonaria a compañías como Santander, Iberdrola, Telefónica o Autogrill

Imagen de archivo de una sucursal de Abbey poco después de su compra por Banco Santander.
Imagen de archivo de una sucursal de Abbey poco después de su compra por Banco Santander.

El Tribunal de Justicia europeo ha anulado hoy la sentencia dictada en primera instancia a favor de las ayudas fiscales en España para expansión internacional de las empresas. El veredicto secunda las tesis de la Comisión Europea, que acusó España de conceder una ventaja ilegal multimillonaria a compañías como Santander, Iberdrola, Telefónica o Autogrill, que se beneficiaron de una deducción fiscal del fondo de comercio en las operaciones de fusión llevadas a cabo fuera de España.

El caso ha ganado atención internacional porque se interpreta como un precedente para el expediente contra Irlanda por ayudas fiscales a Apple. La CE ha exigido a Dublin que recupere hasta 13.000 millones de euros en impuestos eludidos por la popular multinacional informática. El gobierno irlandés asegura que no concedió un trato de favor a la empresa y, por tanto, no se benefició de una ayuda de estado selectiva. El fallo de hoy, según los especialistas, hará más difícil la defensa de Irlanda.

El caso revisado hoy, en concreto, atañe a Banco Santander y Autogrill, que lograron derrotar a la Comisión ante el Tribunal general de la UE en noviembre de 2014. La corte de primera instancia europea falló entonces que la Comisión no había logrado demostrar la selectividad de la medida fiscal, al no ser capaz de identificar un grupo de concreto de empresas como las únicas favorecidas por la deducción del fondo de comercio (la diferencia entre el valor pagado en una fusión y el valor contable de la empresa comprada).

La máxima instancia del tribunal europeo considera que la sentencia de noviembre “incurrió en error de derecho”, por lo que devuelve el caso al Tribunal general, que deberá revisarlo de nuevo. La Comisión se anota así el tanto del empate frente a las compañías españolas, en un conflicto que se prolonga desde 2009.

Hace siete años, cuando las empresas españolas desembarcaban en el mercado británico (con la compra de bancos como Abbey, operadoras como O2 o energéticas como Scottish Power) la CE recibió la queja de un competidor. Bruselas investigó la expansión internacional de las empresas y dictaminó en contra de una norma que permitía la deducción del fondo de comercio cuando las empresas españolas adquiriesen una participación de más del 5% en una empresa extranjera. Bruselas exigió en 2009 la devolución de las ayudas recibidas, pero las compañías ganaron el primer asalto ante el Tribunal general. Ahora, las dos partes deberán verse de nuevo las caras en esa misma instancia.

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