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Tecnología

El Supremo declara nulo el canon digital

La sentencia llega después de que en junio el Tribunal de la UE considerara también ilegal cómo se estaba aplicando el canon en España.

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.Pablo Monge
Marimar Jiménez

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado "nulo" e "inaplicable" el Real Decreto que regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, conocido como canon digital. Según adelantaba El Español, el Supremo ha acordado la estimación parcial del recurso interpuesto hace tres años por tres entidades de gestión (Egeda, Dama y Vegap), que entendían que no debían ser los presupuestos estatales los que financiaran este canon, sino exclusivamente los usuarios de la copia privada.

Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo que el importe se fija anualmente, “dentro de los límites presupuestarios” establecidos para cada ejercicio. El fallo del Supremo ordena la "inaplicación" del real decreto de 2012. Anula la normativa en su conjunto, aunque no entra en otras reclamaciones subsidiarias que se dirigían contra la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y el real decreto de 2011 que suprimió el canon digital del Gobierno del PSOE.

La sentencia llega después de que el pasado junio el Tribunal de la UE considerara también ilegal el canon que se estaba aplicando en España, y que fue aprobado por el anterior Gobierno del PP, al no garantizar que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas. Este Tribunal estimó que el canon digital en España colisionaba con la directiva comunitaria sobre derechos de autor.

El Gobierno en funciones señaló entonces que esperaría a que el Supremo se pronunciase para determinar los efectos en el "ordenamiento interno" de la sentencia de la UE y para adoptar las medidas que, en su caso, resultasen "necesarias".

Las reacciones al fallo no se han hecho esperar. La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha celebrado la sentencia, pues considera que el problema de la financiación de la copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado no está solo en que se obligue a pagar a las personas jurídicas por una actividad, la de la reproducción de copia privada, que en realidad tienen prohibida por Ley. "Lo más injusto es que se obliga a pagar a personas que no solo no realizan copias, sino que ni siquiera son usuarios de los equipos, dispositivos y soportes que lo permiten, detrayéndose además de los impuestos cantidades que deberían dedicarse con mejor fortuna a garantizar servicios básicos, especialmente para los colectivos más desfavorecidos", informó Europa Press.

Por su parte, el presidente de la Asociación de Internatuas (AI), Víctor Domingo, ha calificado de "lógico" el fallo del Supremo. En declaraciones a Servimedia, subrayó que esta "es la segunda vez que fenece el canon digital en los tribunales. La primera, en 2011, cuando la Audiencia Nacional declaró nulo todo el articulado de canon digital que hizo el Gobierno de Zapatero, y ahora el Supremo, que rechaza el canon digital porque la idea que subyace de la ley es que lo pagáramos todos los españoles en los Presupuestos Generales del Estado por compensar a los autores". En opinión de Domingo, "lo único que cabe es que haya un debate profundo con todos los agentes interesados para llegar a una fórmula y a una solución en este terreno, porque hasta ahora las que seh an abordado han sido rechazadas por los tribunales de justicia".

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Sobre la firma

Marimar Jiménez
Redactora senior en la sección de Empresas de CINCODIAS. Sigue la actualidad del sector de tecnologías de la información y del ecosistema emprendedor español. Antes de incorporse al diario en 2000 trabajó en Actualidad Económica y los suplementos Futuro y Negocio en EL PAIS. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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