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Banca

Kutxabank condenado a anular sus comisiones por 'números rojos'

La banca vasca ha sido investigadas tras una acción de cesación presentada por EKA/ACUV La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios es vulnerada

Un Juzgado de Vitoria ha condenado a Kutxabank a dejar de cobrar en todas sus oficinas y a todos sus clientes las comisiones por reclamación de 'descubiertos' o 'números rojos'. La sentencia, la primera del Estado que anula este tipo de comisiones de forma generalizada, va a ser recurrida por el banco vasco, aunque la asociación de consumidores EKA/ACUV (Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca) ya ha adelantado que pedirá a todas las entidades financieras que cobran estas comisiones, que dejen de hacerlo.

La resolución, emitida por el Juzgado de los Mercantil número 1 de Vitoria, es consecuencia de una 'acción de cesación presentada por EKA/ACUV contra Kutxabank, según ha informado este miércoles la asociación de consumidores en un comunicado.

La sentencia reclama que el banco vasco acabe de forma generalizada con la llamada 'comisión por reclamación de posición deudora'. Según ha explicado, esta comisión, aplicada por la mayoría de las entidades financieras, se establece cuando un cliente bancario no paga un plazo de un préstamo o su cuenta corriente entra en 'números rojos'.

En estos casos, además de cobrarle intereses de demora, la mayoría de los bancos aplica automáticamente al cliente, en el plazo de unos días, una comisión por 'reclamación de posición deudora'. La comunicación al usuario, según denuncia EKA, “en muchos casos ni siquiera se realiza” (30 euros).

Este colectivo ha destacado que algunos bancos “llegan incluso a cobrar esa comisión cada mes a los titulares de cuentas corrientes que permanecen en 'números rojos'”. En el caso de Kutxabank, la comisión denunciada por EKA/ACUV es de 30 euros y la establece en una cláusula que dicha entidad introduce “en la práctica totalidad de los contratos de operaciones crediticias y de cuentas a la vista que se conciertan en todas sus oficinas”.

A través de esta sentencia, que Kutxabank tiene intención de recurrir, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria condena a esta entidad a dejar de cobrar, en todas sus oficinas y a todos sus clientes, la 'comisión por reclamación de posiciones deudoras' en los contratos de operaciones de crédito y de cuentas corrientes, tanto en los que firme en adelante, como en los que se encuentran en vigor.

La sentencia advierte a la entidad de la imposición de una multa coercitiva de 1.000 euros diarios si no eliminara la cláusula declarada nula en el plazo de los 20 días siguientes a que la sentencia sea declarada firme. Asimismo, carga las costas del juicio a Kutxabank.

Otro efecto de esta sentencia es que los clientes de Kutxabank que hayan pagado con anterioridad dicha comisión pueden reclamar su devolución. EKA/ACUV ha anunciado que prestará su ayuda a quienes decidan reclamar. 

Este colectivo de consumidores se ha felicitado por el hecho de que el juzgado “hace suyos todos los argumentos” presentados en su 'acción de cesación', por lo que declara nula la cláusula contractual de la que emana.

El texto de la sentencia cita varios artículos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LDCU) sobre las cláusulas de los contratos y los supuestos de 'abusividad' en las mismas, y explica por qué la cláusula de Kutxabank “vulnera o incumple” dichos artículos.

Según ha informado la asociación, la sentencia indica que la cláusula “infringe” varios artículos de dicha normativa, ya que “priva al consumidor del derecho a conocer el medio de reclamación concreta que se va a emplear y por el que se le van a cargar 30 euros en la cuenta”.

También constata que se cobran 30 euros “por unos servicios que no se prestan” y que “por más que la cláusula concrete que se devenga una vez hecha efectiva la reclamación, sigue sin decir qué medios o qué vías de reclamación son esas que comporten un gasto o un daño a la entidad que pueda estimarse en 30 euros”. 

“Es más, si tenemos en cuenta que generalmente la entidad también cobra comisión por mantenimiento y gestión de la cuenta, no se comprende por qué el aviso de una posición deudora (que puede ser un mero envío de SMS) genera una comisión independiente de 30 euros; y en cambio, otros avisos se consideran incluidos en el servicio de mantenimiento y gestión que también se cobra”, añade la sentencia.

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