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La nueva normativa entró en vigor el 1 de enero

Siete claves para entender la revolución legal en el seguro

La llegada de Solvencia II cambia el gobierno corporativo, el cálculo del capital y la supervisión Las aseguradoras deberán multiplicar por 80 el volumen de datos que ofrecen al supervisor

Sede de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), en Madrid.
Sede de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), en Madrid.Pablo Monge
Miguel Moreno Mendieta

El 1 de enero entró en vigor la directiva Solvencia II, una normativa europea que va a revolucionar el sector asegurador. Su transposición al ordenamiento jurídico español conlleva cambios en la forma en que las compañías calculan el capital que deben mantener para hacer frente a sus compromisos, incide en el gobierno corporativo de las entidades, en la supervisión, en la información que cada aseguradora ofrece al mercado....

La presidenta de la patronal aseguradora (Unespa), Pilar González de Frutos, recuerda con frecuencia que este marco normativo ha tenido un periodo de gestación de más de una década y su aplicación total tardará más de 12 años en hacerse plenamente efectiva. “Solvencia II es un proceso cuyo desarrollo y aplicación llevará cerca de un cuarto de siglo”.

La entrada en vigor de Solvencia II se ha ido retrasando varios años (estaba prevista inicialmente para enero de 2012) y ha supuesto un desafío sin precedentes para el sector. ¿Por qué ha sido tan complejo?:“Porque es un proceso de excelencia, con una voluntad totalizadora de la actividad aseguradora”, explicaba recientemente De Frutos en un discurso.

1. Cuánto capital hay que mantener. Para los grupos financieros, uno de los puntos críticos es cuántas reservas deben retener para hacer frente a sus compromisos futuros. En este ámbito, la nueva normativa incluye cambios muy significativos. Cambia la forma en que se contabilizan los activos y pasivos de las aseguradoras y, también ajusta y personaliza los requerimientos de capital en función del perfil específico de riesgo de cada compañía.

Las aseguradoras españolas han ido haciendo los deberes para llegar preparadas a este momento, pero en términos generales han necesitado reforzar sus recursos propios, lo que limita la rentabilidad del negocio.

2. Modelos internos de capital. Uno de los cambios más relevantes que introduce Solvencia II es la posibilidad de que los grandes grupos aseguradores desarrollen sus propios modelos de cálculo de los recursos propios. Para poder utilizar su propia formulación, el modelo debe estar aprobado por el supervisor correspondiente. Los expertos consideran que esta discrecionalidad permitirá ajustar mejor los requerimientos de capital a las necesidades reales que se derivan del negocio de una aseguradora: no es lo mismo que esté centralizada en la venta de seguros de vida ahorro, a que su principal mercado sean las pólizas de automóviles.

3. Nuevo mapa de riesgos. Para saber cuántos recursos debe tener una compañía es fundamental tener en cuenta qué riesgos puede afrontar en los próximos años. Solvencia II es exhaustiva en esta materia, y ha pedido calibrar todos los riesgos para los que existe una posibilidad de que ocurran de una probabilidad sobre 200.

¿Puede producirse un terremoto en una gran capital europea? ¿Qué ocurrirá si en tres décadas la esperanza de vida llega a los 100 años? ¿Cómo afectaría en mi carteras de activos un crac en las Bolsas europeas? ¿Y una nueva crisis de la deuda en la eurozona? Los responsables de riesgos deben sistematizar estas preguntas, asignarles una probabilidad y calcular el impacto económico, para así poder tener recursos propios suficientes como para hacer frente a estos sucesos.

4. Valoración de mercado. Solvencia II exige a las compañías que otorguen una valoración de sus activos y pasivos cercana o consistente con la valoración de mercado. Se trata de que la contabilidad aseguradora (en cuanto al precio de unas acciones, unos bonos o unos flujos futuros) no vaya por libre. Uno de los aspectos más importantes de este principio es la nueva fórmula para descontar los ingresos y beneficios futuros. Hasta ahora, se utilizaba un tipo de interés libre de riesgo, pero ahora las aseguradoras deben utilizar un sistema más complejo, con una curva de tipos libre de riesgos, que varía en función de las duraciones de los activos.

5. El gobierno corporativo es la segunda gran materia dentro del cuerpo legislativo de Solvencia II. Afecta tanto a la relación con las autoridades regulatorias con la práctica de la organización dentro de la propia compañía, y el establecimiento de diferentes procesos. El objetivo es que la dirección de la compañía garantice una gestión sana y prudente.

La normativa exige una estructura organizativa transparente y adecuada, con una distribución de funciones clara y adecuada, un sistema eficaz de transmisión de la información, y una exigencia de honorabilidad y cualificación de los principales directivos.

6. Mayor poder del supervisor. Solvencia II también afecta a cómo se vigila la actividad de las compañías aseguradoras. A partir de ahora podrá evaluar la idoneidad de la estructura de gobierno corporativo de la compañía, deberá aprobar los modelos internos de capital y tendrá más armas para llevar a cabo su función.

7. Reporte de datos. Con la nueva normativa, el volumen de información que una aseguradora tiene que comunicar al supervisor aumenta por 80. También se les exigirá dar más datos a los accionistas y al conjunto del mercado.

Sobre la firma

Miguel Moreno Mendieta
(Madrid, 1979) es licenciado en Derecho y Economía por la Universidad Carlos III. También cursó el Máster de Periodismo de El País. Se incorporó al periódico Cinco Días en 2006, tras pasar por la web de El País y Mi cartera de Inversión. Escribe sobre el sector financiero, con un foco especial en fondos de inversión y los seguros.

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